Son casi las mismas que aparecen dentro del decreto 2649 de 1993, bajo la denominación de “Normas Básicas” (Capítulo III, artículos 6 a 18), agregándole” comprensibilidad”, “relevancia” “fiabilidad”, “integridad” y “ equilibrio entre costo y beneficio” Recordemos que el decreto 2649/93 se refiere a las siguientes 12 normas básicas.
La pasada Reforma Tributaria creó el impuesto nacional al consumo, con el ánimo que disminuir las tarifas que tenía el impuesto a las ventas IVA y parte de éste último se convirtió en impuesto nacional al consumo en algunos bienes y servicios, pero en otros servicios redujo tarifa de IVA a la mitad y la trasladó al nuevo impuesto.
DIAN. Retención en la fuente por rentas de trabajo.
La utilización de las cesantías para la adquisición de casa y/o lotes que se encuentre discutiendo la propiedad en un proceso judicial no es viable, si aún no es declarado el trabajador o su cónyuge, o compañera como propietaria del mismo. Por lo que en dicho caso, el empleador o fondo de cesantías, no pueden hacer pagos de cesantías sobre dicho inmueble, cuya titularidad se discute.
Cuando existe una clara intermediación irregular a la empresa temporal le pueden suspender la licencia, la multen e incluso revoquen la licencia de funcionamiento porque se están violando derechos mínimos.
Art. 401 del E.T. Sería claro que la nueva tarifa del 1,5%, que luego cambiará al 2,5%, solo puede ser aplicable a los pagos o abonos en cuenta por concepto de «otros ingresos tributarios» que se realicen a los que sí sean «contribuyentes obligados a declarar renta», pues si el beneficiario de estos es un «contribuyente no obligado a declarar renta» entonces la retención se le tiene que seguir haciendo con el 3,5%.
El Gobierno expidió el Decreto 2460 de noviembre 7 de 2013, reglamentario del art. 555-2 del E.T., con el cual se seguirá regulando todos los procesos de inscripción, actualización, suspensión y cancelación del RUT. Brevemente, estas son las principales novedades.
Recuerde que ni las censantías ni las vacaciones se pueden pagar por días. Un trabajador al ser subordinado cumple horarios, es dependiente y debe aparecer como empleado en la Pila. No olvide que el salario integral es aquel que supera los 13 salarios mínimos.