El valor patrimonial de un bien, es el valor contable con el que ha sido registrado en los libros de contabilidad; sin embargo, para los efectos del cálculo del impuesto al patrimonio, según el artículo 267 del Estatuto Tributario Nacional, el valor de todos los bienes o derechos apreciables en dinero será el precio de costo […]
Persona extranjera no residente en Colombia vende finca de recreo. ¿Cómo es el tratamiento de la ganancia ocasional si no es declarante de renta porque es el único bien que posee en el país y está a nombre de él y su esposa? ¿Existe alguna parte de la ganancia que sea exenta por ser rural? ¿Qué tasa pagaría?
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Uniones temporales y consorcios NIIF.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Proyecto de grado – NIC 11.
La autorretención del CREE es un mecanismo que utiliza el Estado para facilitar el recaudo anticipado del Impuesto sobre la Renta para la Equidad – CREE.
Con la Resolución 000228 del 31 de octubre de 2013 cuya aplicación es para el año gravable 2014 y el reporte entre los meses de abril y junio de 2015, se ha dado un vuelco total a la información exógena tributaria, puesto que además de reducir las bases, se amplió en una forma por no decir desmesurada, la solicitud de información, solicitando reportes anuales por períodos mensuales, reportes anuales por períodos bimestrales y aportes anuales propiamente dichos.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Estados financieros certificados y dictaminados.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Previsiones exequiales NIIF.
El sujeto pasivo es la persona a la cual se le practica la retención en la fuente, porque es sobre ella que recae la obligación de pagar el tributo. Es sujeto pasivo de retención en la fuente a título de renta, si es contribuyente del impuesto y si el concepto por el cual recibe el ingreso se encuentra sujeto a retención.
Uno de los aspectos que caracteriza a nuestra empresa es el uso de los principales medios y plataformas tecnológicas para la elaboración y divulgación de contenidos contables y tributarios de interés para nuestros usuarios y suscriptores. Las redes sociales son uno de nuestros principales vehículos para este fin y por eso contamos con un canal […]
Si usted llevó sus papeles a la DIAN debe aparecer en una base de datos especial que la entidad diseñó desde octubre del año pasado para consultar los beneficiarios de la Ley 1429.
Desde este viernes 25 de abril la DIAN comenzará a revisar y requerir para que se pongan al día las empresas que no declararon y pagaron a tiempo el CREE. Lo podrán hacer asumiendo el recargo de 5% de extemporaneidad, por mes o fracción, más un interés diario de 0,98%, según el atraso frente a la fecha límite de pago.