Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Las entidades que actualmente y en el futuro se encuentren en proceso de disolución y liquidación en forma voluntaria u obligatoria, deberán continuar aplicando las normas que sobre la materia están contenidas en el decreto 2649 de 1993 y demás normas actualmente vigentes.
Cuando un empleador incumple con la obligación de cuota o monetización de aprendices, el SENA cuenta con un término improrrogable para imponer la sanción por dicho incumplimiento. Dicho término es denominado caducidad. Este tiempo es de 3 años y empieza a correr desde el momento en que se incumplió. En caso de ser varios incumplimientos este término inicia no desde que se presentó el primer incumplimiento sino el último. Conozca cómo opera.
DIAN. Usuario Operador – Actividades.
El empleador está en libertad de dar a sus trabajadores regalos, pero si es en dinero y si sobrepasa de determinado monto, la UGPP puede sancionar al empresario por evasión a seguridad social, así sea en Navidad.
Se recomienda hacer un derecho de petición al banco, no a la casa de cobranza o al tercero que está cobrando, donde se solicite y exija que se le entregue a la persona una copia del pagaré que ésta suscribió con la entidad tiempo atrás.
Hay que recordar que cuando hay un contrato si una de las dos partes lo viola genera para la otra el pago de un perjuicio. Y de esto trata la indemnización. Ésta, así sea voluntaria se debe registrar en la contabilidad como indemnización para que este dinero no se convierta en base de nada.
El impulso de muchos a comprar y gastar en Navidad puede conllevar a “caer” en publicidad engañosa, a pagar precios más altos y creer que algunas promociones no tienen garantía. Y si puede, mejor compre en enero a menores precios.