El Ministerio del Trabajo recordó que el CST prohíbe realizar descuentos al salario o a las prestaciones sociales del trabajador debido al deterioro, daño o pérdida de las herramientas de trabajo, incluso si esto ocasiona pérdidas al empleador.
¿Cuál es la firmeza de las declaraciones de renta en las que se liquiden pérdidas fiscales o se compensen pérdidas fiscales de años anteriores?
¿Cuál es la ventaja que tienen los contribuyentes que formen saldos a favor en renta, o IVA pero que al mismo tiempo tengan que presentar con pago sus declaraciones mensuales de retención en la fuente?
¿Cuáles son las 4 reglas especiales que se contemplan en los artículos 1?6.1.21.28 hasta 1.6.1.21.31 del DUT 1625 de 2016 para los saldos a favor que se formen en la declaración anual del simple o en las declaraciones de IVA de los inscritos en el régimen simple?
¿En una declaración anual del régimen simple, formulario 260, qué sucedería si la sección del impuesto simple arroja “saldo a favor” pero la sección de impuesto de ganancia ocasional arroja “saldo a pagar”?
Si una persona jurídica cerró el año gravable 2023 en el régimen ordinario del impuesto de renta y forma un saldo a favor en su declaración de renta, pero en febrero de 2024 se trasladó al régimen simple ¿Qué podrá hacer para recuperar ese saldo a favor del año gravable 2023 que se forma en su declaración de renta?
¿Cuál es el periodo de firmeza para las declaraciones de renta, o de IVA, o del régimen simple, que se presentan liquidando saldos a favor?
¿Cuál es la oportunidad para efectuar correcciones a las declaraciones tributarias en las cuales se pretenda aumentar un saldo a favor?
En esta conferencia, Javier Prieto y Rafael Parra analizan las principales obligaciones tributarias 2024 a las que se debe prestar especial atención. Uno de ellos es la inexequibilidad de la prohibición a la deducibilidad de las regalías pagadas en la explotación de RNNR, tema que fue demandado en la Corte Constitucional. El régimen simple de […]
John Alexánder Álvarez se posicionó como representante del sector Administrativo de Comercio, Industria y Turismo, ante el Tribunal Disciplinario de la Junta Central de Contadores -JCC-.
Si como empleador deseas resaltar las aptitudes y actitudes del trabajador que laboró en tu empresa, entonces esta carta es para ti. Aprende a elaborarla fácilmente.
El certificado laboral solo debe contener lo indicado por el artículo 57 del CST. Elaboramos este formato para que evites equivocaciones o faltas graves, pues de ninguna manera se podrá dar a conocer los motivos que dieron origen al cese de actividades en la empresa por parte del trabajador.