Por medio del cual se reglamenta el Decreto 1838 del 11 de agosto de 2002
Por medio del cual se reglamentan los artículos 98 y 99 de la Ley 788 de 2002
«POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE LOS PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES Y LIQUIDACIONES TRIBUTARIAS, EL PAGO DE LOS IMPUESTOS MUNICIPALES POR EL AÑO GRAVABLE 2002 VIGENCIA FISCAL 2003 Y SE REAJUSTA EL VALOR DE LAS SUCURSALES FINANCIERAS».
Por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario
y se dictan otras disposiciones
Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 63 de la Ley 788 de 2002.
Por el cual se reglamenta el artículo 486 1 del Estatuto Tributario.
Por medio del cual se adiciona el artículo 77 del Decreto 2649 de 1993, modificado por el Decreto 1517 de 1998.
Por el cual se adoptan unas medidas para optimizar el flujo financiero de los recursos del régimen subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones.
Por la cual se prescribe el formulario oficial para declarar el Gravamen a los Movimientos Financieros para la vigencia del año 2003.
Por la cual se fijan los valores para el año 2003 de la tarjeta profesional de contadores públicos, tarjeta de registro de personas jurídicas, y de los certificados de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios de personas naturales y de personas jurídicas.
Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 63 de la Ley 788 de 2002.
Por medio del cual se reajustan los valores absolutos del impuesto sobre Vehículos Automotores de que trata el artículo 145 de la Ley 488 de 1998, para el año gravable 2003