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La Ley 2277 de 2022 modificó el artículo 242-1 del ET, elevando de 7,5 % a 10 % el valor de la retención trasladable sobre los dividendos que sean entregados a la mayoría de las sociedades nacionales.
Esta norma crea complejidades e injusticias tributarias, razón por la cual sería mejor eliminarla.
Las empresas podrían enfrentarse a riesgos legales y financieros al distribuir dividendos sin justificación en sus estados financieros.
Sanciones y multas, impactos negativos en la valoración de la empresa y posibles dificultades para obtener financiamiento son temas que exploramos en este artículo.
¿Cómo tributará en el año 2023 y siguientes la distribución de utilidades en acciones?
En esta conferencia, Gina Ortiz detalla la retención en la fuente para los dividendos de personas naturales. La nueva versión del parágrafo del artículo 242 del ET de la reforma tributaria establece que los dividendos pagados o decretados en calidad de exigibles a personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes estarán sujetos a retención en la […]
Gina Ortiz afirma en esta conferencia que, desde hace unos años se vienen distribuyendo las cargas hacia los dividendos. La tributación sobre estos fue uno de los temas más polémicos en la discusión de la reforma tributaria. Desde el punto de vista del Gobierno nacional, hay excesivas deducciones y rentas exentas, que son utilizadas en […]
Supersociedades se pronuncia en el Concepto 115-324027 de 2022 acerca de los requisitos necesarios para decretar dividendos en una SAS y su justificación en los estados financieros de propósito general de cierre de ejercicio.
La nueva reforma modificó los artículos 242 y 245 del ET elevando la tributación de los dividendos gravados y no gravados de los años gravables 2017 y siguientes que se distribuyan a personas naturales residentes o no residentes.
Además, creó un descuento tributario que se calculará sobre los dividendos.
Luis Orlando Sánchez explica el tratamiento de las rentas de trabajo, de capital, no laborales, de pensiones y de dividendos y participaciones en la reforma tributaria.
Impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas se trataría como un tributo separado.
Varios tratamientos especiales se mantendrían.
Los ponentes del proyecto de reforma tributaria y el ministro de Hacienda llegaron a un acuerdo para modificar propuestas alrededor del impuesto a los dividendos y las ganancias ocasionales.
Para Juan Guillermo Pérez, al proyecto de reforma tributaria le faltan criterios de tributación para lograr un equilibro social.
Desde su punto de vista, los impuestos a las pensiones y a los dividendos sobran en el proyecto.
Las iglesias deberían hacer algún tipo de contribución al fisco.
Con este liquidador en Excel podrás conocer cómo contabilizar en una pyme la distribución de utilidades y dividendos decretados en dinero y en acciones.
¿La doble tributación sobre los dividendos no gravados también aplica en las sociedades del régimen simple?