DIAN. Mediante la cual se ajusta la tarifa del impuesto nacional al ACPM al que están sujetos los combustibles utilizados en actividades de pesca y/o cabotaje y marítimas.
DIAN. Mediante el cual se establecería que el impuesto nacional al ACPM sería liquidado a $597.75 por galón, al igual que el diésel marino y fluvial y los aceites vinculados.
DIAN. Por la cual se ajustan las tarifas del Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM dentro del territorio del departamento archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.