La Dian expidió el Concepto 293 de 2023, mediante el cual precisó que un obligado a facturar electrónicamente debe hacerlo sin importar si los bienes y servicios que vende estén o no gravados con IVA.
Compartimos un modelo de cuenta de cobro de una persona natural no responsable del IVA, que facilita que el prestador de servicio tenga un soporte para el cobro.
Cabe anotar que, con la emisión de la Ley 2010 de 2019, se afirmó la denominación de “responsables o no responsables de IVA”.
En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, resuelve inquietudes relacionadas con la implementación de la factura electrónica en 2021, aspecto que se encuentra regulado por normas como la Resolución 000042 de 2020.
¿Los prestadores de servicios desde el exterior, como Netflix, Spotify, etc, están obligados a expedir factura electrónica con las normas colombianas por los servicios que facturan a usuarios en Colombia?
¿Las personas que solo venden bienes excluidos del IVA, como algunos agricultores, están obligadas a facturar? ¿Y las que solo cobran arrendamientos excluidos de este impuesto, como los de vivienda, deben facturar?
En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, resuelve las principales inquietudes relacionadas con la facturación electrónica, como, los contribuyentes que deben expedirla y las sanciones impuestas por la Dian por no hacerlo oportunamente.
¿Las personas naturales que no están obligadas a facturar, pero que adquieren bienes y servicios de otras personas naturales que tampoco están obligadas a facturar, tendrían que elaborar el “documento soporte” para poder deducir dichos pagos?
¿Si una persona natural que pertenece al régimen ordinario del impuesto de renta, y que opera como no responsable del IVA, desea facturar voluntariamente, en tal caso deberá hacerlo con facturación electrónica?
¿Las empresas que desarrollan actividades agropecuarias están obligadas a facturar electrónicamente?
En esta publicación se destacan los principales aspectos tributarios relacionados con la correcta implementación de la factura electrónica en 2020, regulada, entre otras normas, por la Resolución 000042 de 2020, que al incumplirse puede ocasionar incluso el cierre del establecimiento de comercio.
Los artículos 11 al 13 de la Resolución 000042 de 2020 señalan los requisitos para expedir facturas de venta electrónica y de talonario o papel, así como los documentos equivalentes a factura.
Los artículos 38 al 47 de la misma resolución indican los aspectos relacionados con el sistema de numeración.
Según el artículo 657 del ET, la Dian podrá imponer la sanción de cierre del establecimiento de comercio, oficina, consultorio, entre otros, cuando no se expida factura de venta o documento equivalente.
La Dian se abstendrá de cerrar el establecimiento si el responsable se acoge y paga una multa.