Antes del confinamiento, el 64 % de los profesionales contables calificaban su bienestar como positivo. Ahora, el porcentaje bajó al 34 %.
Para el 42 %, contar con el apoyo adecuado en salud mental por parte del empleador se ha vuelto más importante desde que comenzó el aislamiento.
Por medio del Paef, el Gobierno colombiano subsidiará un porcentaje de la nómina de las empresas, siempre que certifiquen una disminución del 20 % o más en sus ingresos.
Explicamos los períodos que deben compararse para determinar la reducción de los ingresos y las partidas que deberán observarse.
Aunque hechos como esta pandemia no hubiesen podido ser detectados por ningún estándar de riesgo, de haberse proyectado al menos una reducción en las ventas se habría podido alertar a las empresas. Los contadores deberíamos ser capaces de proyectar los estados financieros para advertir estos riesgos.
Según el capítulo 13 del anexo 3 del DUR 2420 de 2015, los contratos de arrendamiento de las microempresas deben contabilizarse como gastos en el estado de resultados.
Aprenda, con estas cinco (5) respuestas, cuál es el tratamiento contable de los contratos de arrendamiento.
Los activos biológicos a los que no se les pueda estimar su valor razonable deben medirse por el modelo del costo-depreciación-deterioro.
Bajo el modelo del costo, se debe elegir el método de depreciación y la vida útil que refleje la forma en que se consumirán los beneficios del activo.
Supersociedades publicó la Circular Externa 100-000010 de 2020, por medio de la cual modifica por quinta vez el calendario para la presentación de los estados financieros con corte al 31 de diciembre de 2019, como resultado de las medidas tomadas para prevenir y contener el COVID-19. Además, amplía los plazos para el envío de otros informes.
De esta forma, la presentación de estados financieros prevista para iniciarse el 28 de mayo se iniciará desde el miércoles 3 de junio hasta el martes 30 de junio, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT de la empresa sin el número de verificación.
Andrés Acero, coordinador de la UGPP comparte este liquidador para conocer el número de trabajadores por los cuales se podrá tener derecho al subsidio de nómina del Paef.
Este modelo ha sido realizado con base en los decretos legislativos 639 y 677, y la Resolución Minhacienda 001129 del año en curso.
El giro llega a las personas registradas en el Sisbén, hogares más vulnerables de Familias en Acción y lista de priorizados de Colombia Mayor.
Se acordó con bancos y operadores de pagos que las devoluciones no cobradas se acumulen por dos períodos.
Pedro Sarmiento dice que, al efectuar devoluciones de saldos a favor, la Dian debe realizar control de su existencia mediante fiscalización post devolución.
José Castro afirma que la solución no es perseguir a los evasores, sino concentrarse en modernizar la Dian para que el recaudo sea más eficiente.
Procesos fiscales se vuelven más ágiles y fiables al eliminar la necesidad de tramitar o archivar documentos físicos e instituir documentos electrónicos.
Crisis sanitaria llegó en un momento en que los fiscos ya cuentan con documentos fiscales electrónicos, y sistemas de monitoreo y control fiscal.
“El ojo del amo engorda la vaca”. Siempre que se crea una situación de responsabilización podemos esperar un mayor cumplimiento de quien tiene una obligación; es un efecto innegable de la revisoría fiscal, del que abusan las autoridades, exigiendo que los auditores fiscalicen toda clase de deberes.
Supersociedades publicó la Circular Externa 100-000011 de 2020, por medio de la cual modifica las fechas para la entrega de la información trimestral de las entidades en procesos de reorganización empresarial establecidas en la Circular Externa 100-000006 del 8 de agosto de 2016, debido a las medidas tomadas por el Gobierno para contener la propagación del COVID-19.
Las sociedades, empresas unipersonales y sucursales de sociedades extranjeras deberán reportar su información del trimestre comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2020 hasta el viernes 12 de junio de 2020.
Los otros deudores, por su parte, deberán hacerlo así:
• La información a diciembre de 2019, a más tardar el viernes 5 de junio de 2020.
• La información del trimestre comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2020, a más tardar el viernes 19 de junio.