DIAN. Modelo de certificación para la empresas exoneradas de los parafiscales por parte de la entidad del CREE.
DIAN. Criterio para responder las consultas por parte de la Dirección de Gestión Jurídica de la DIAN.
DIAN. Porcentaje de retención en la fuente por concepto de servicio de carga.
Superfinanciera. Para efectos del análisis de riesgo de crédito y constitución de provisiones por parte de las entidades vigiladas, los bienes dados en leasing son tenidos en cuenta como mitigadores de la pérdida probable, y su valoración sigue los parámetros señalados, especialmente en el literal d, numeral 1.3.2.3.1 del Capítulo II de la Circular Externa No. 100, que exige el análisis de idoneidad del bien para fundamentar el respaldo ofrecido a la operación y a la posibilidad de realización, lo mismo que su valor, cobertura y liquidez en el momento del otorgamiento y posterior actualización.
DIAN. Pagos no sujetos a retención realizados por sociedad de comercialización internacional.
DIAN. Pagos no sujetos a retención. Compras efectuadas por sociedades de comercialización internacional con destino a la exportación.
DIAN. Pagos no sujetos a retención por compras a sociedades de comercialización internacional.
Si la declaración 2011 aun no la he presentado y lo hago antes de presentar la del 2012, ¿esa declaración 2011 también me puede quedar con el beneficio de auditoría del art. 689-1?
El Ministerio de Hacienda y el Banco Mundial firman un acuerdo de cooperación técnica para la simplificación tributaria nacional, el cual regirá entre agosto del 2013 y el mismo mes de 2015. Este permitirá la simplificación tributaria a nivel nacional y regional, para concretar propuestas que permitan implementar una estrategia que reduzca costos de cumplimiento de la carga tributaria, focalizado en micro, pequeña y medianas empresas.
La Ley 1607 de 2012 ayuda a las agencias en Colombia con sucursales en el exterior que van a poder incluir pasivos en su declaración de renta, año gravable 2013 y siguientes, y así reducir la renta presuntiva. Sin embargo, al reducirse el patrimonio líquido se va a desinflar la cantidad de nivel de endeudamiento autorizado que forma la cantidad de gastos que son deducibles.
Decreto 1623 de julio 30 de 2013. Sólo hasta el 30 de julio se podía cotizar bajo las modalidades de Cotizante 41 y 42, pero gracias a este decreto se podrá seguir usando dicha figura hasta que entre en vigencia los BEPS. Eso sí, cotizar bajo esa modalidad es sólo para independientes de bajos ingresos y que vengan en dicha modalidad desde noviembre de 2011.
Para los entes jurídicos que al final del año deben liquidar tanto el impuesto de renta como el CREE surge el anterior interrogante. El hecho que en el texto del art. 22 de la Ley 1607 no se haya incluido el art. 118-1 del E.T. parece ser un olvido importante de quienes redactaron a la carrera la Reforma Tributaria.