El estatuto tributario establece las siguientes obligaciones para quienes hagan parte de este régimen: Inscribirse en el Registro Único Tributario. Entregar copia del RUT en la primera venta que hagan a pertenecientes al Régimen Común. Exhibir el RUT en un lugar visible del establecimiento de comercio, local, oficina o sede de negocio en donde realice […]
¿Cuál es la base gravable del Impuesto? El impuesto predial unificado es determinado oficialmente por la Subdirección de Catastro Municipal, tomando como base gravable el avalúo catastral que se calcula de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi. ¿Cuáles son las tarifas del Impuesto? Las tarifas que se tienen en cuenta para la […]
La sobretasa a la gasolina es una contribución de carácter municipal y departamental, que se genera en el consumo de gasolina motor extra y corriente, nacional o importada.
La ley clasifica a los responsables del Impuesto sobre las Ventas en dos grupos:
Con la finalidad de no afectar el valor final de las comidas y bebidas que se venden en los restaurantes, bares, tabernas y discotecas; el artículo 512-13 del E.T. (creado por el artículo 83 de la Ley 1607 de 2012) creó el régimen simplificado del INC.
También puede consultar: ¿Cuáles son las características del impuesto sobre las ventas – IVA? ¿Quienes pertenecen al Régimen Simplificado? Obligaciones y prohibiciones de los pertenecientes al Régimen Simplificado ¿Quienes pertenecen al Régimen Común y cuáles son sus obligaciones?
El Impuesto Nacional al Consumo –INC– es una estrategia tributaria diseñada por el Gobierno nacional que se estableció en la Reforma Tributaria del 2012 (Ley 1607 de 2012) y que entró en vigencia el 1ro de enero de 2013. El fin principal del impuesto.
Hasta Mayo de 2014, tan sólo el artículo 6 del Decreto 803 de abril 24 de 2013 ha fijado responsabilidades formales a las personas naturales que se encuentren en el “régimen simplificado del Impuesto Nacional al Consumo”; para los demás responsables del INC no se ha indicado responsabilidad específica alguna.
El Estatuto Tributario, modificado por la Ley 1607 de 2012, indicó a lo largo de los 13 artículos desplegados del 512, tres servicios que están excluidos del Impuesto Nacional al Consumo, dichos servicios son:
Los contribuyentes, agentes retenedores y responsables de los diferentes impuestos establecidos por el Estado, deberán presentar con cierta periodicidad las distintas declaraciones de los respectivos impuestos y retenciones que se hagan por cada uno de los mismos.
Los bienes y servicios que generan el Impuesto Nacional al Consumo -INC- están ubicados en los tres grupos que se detallan a continuación:
Las declaraciones tributarias se pueden presentar de forma virtual o física según disposición de la DIAN. Mediante resolución expedida por la DIAN, el Estado establece los contribuyentes, agentes retenedores, responsables, agentes aduaneros y demás obligados, que deben presentar las declaraciones tributarias de forma virtual, utilizando los servicios informáticos que se encuentran en el Portal Web de la DIAN.