La nueva propuesta de reforma tributaria radicada el pasado 8 de agosto de 2022 introdujo cambios importantes con el fin de recaudar 25 billones de pesos adicionales en el 2023 y aumentar a 50 billones de pesos el recaudo con las normas antievasion.
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Algunos opinan que las personas deben resolver su propio problema, es decir, que consideran justo lo que está pasando y llegan a sostener que hay una regulación de la población.
Otros creen que todo debe ser asumido por los Estados, desconociendo que estos lo que tienen procede de los impuestos.
A través de la Resolución 001232 de septiembre 16 de 2022, la Dian incluyó 3 nuevos códigos de actividades económicas y reclasificó otro ya existente, dando de esa forma aplicación a los cambios que el Dane había hecho al listado de códigos CIIU mediante la Resolución 1505 de noviembre 26 de 2021.
¿Cuál es la estrategia de planeación tributaria para reducir el impacto de la reforma en las personas naturales a partir de no aplicar el método de la participación patrimonial?
Según la norma de bancarización del artículo 771-5 del ET, para el reconocimiento fiscal de los costos los pagos que efectúen los contribuyentes deberán realizarse mediante canales financieros.
Sin embargo, surgen dudas sobre si dentro de dichos canales se encuentran medios como Nequi, Daviplata, entre otros.
¿La reforma tributaria mantiene los beneficios tributarios para magistrados, fiscales, docentes, oficiales y exmilitares? ¿Por qué tradicionalmente no se afecta a estos contribuyentes?
Desde el punto de vista de Luis Téllez, el impacto más importante del proyecto de reforma tributaria recae sobre las personas naturales.
Aunque estas mantengan sus beneficios, la depuración de sus bases permitirá que tributen en un rango mayor. El impuesto a cargo será mayor.
¿Cuáles contribuyentes son sujetos pasivos del nuevo impuesto al patrimonio que plantea el proyecto de reforma tributaria? ¿Cómo se depura la base gravable? ¿Cuáles son las exenciones? ¿Cuál es la tasa? ¿Por qué el impuesto al patrimonio afectará menos a las personas naturales obligadas a llevar contabilidad?
En el numeral 1.1.5 de su Concepto Unificado 0106 de 2022, y a pesar de lo expresado en el fallo del Consejo de Estado de junio de 2021 para el Expediente 24399, la Dian indica que sí es obligatorio realizar facturación electrónica en los retiros de inventarios, y da indicaciones sobre la forma de hacerlo.
Las zonas francas han sido insistentes en el riesgo que les representa la posible aprobación del proyecto de reforma tributaria. ¿Cuáles son los cambios que estas enfrentarían en tal escenario?
¿Cómo cambiarían las tasas de tributación en renta de las personas jurídicas de ser aprobado el actual proyecto de reforma tributaria?
¿Cuál es la estrategia de planeación tributaria para reducir el impacto de la reforma repartiendo utilidades antes del 31 de diciembre de 2022? ¿Cuáles aspectos sería necesario considerar? ¿Qué otras estrategias podrían aplicarse?