Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Un hombre de 56 años se encuentra obligado a realizar aportes a seguridad social en la actualidad, teniendo en cuenta que sus últimos aportes los realizó en 1981?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Qué condiciones deben cumplirse para que una persona mayor de 55 años quede exonerada de realizar los respectivos aportes a pensión?
Según lo dispuesto en el artículo 55 del ET, el empleador (persona natural) puede llevar los aportes obligatorios al sistema general de seguridad social en pensiones como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional.
A partir del 1 de junio de 2019, si el Gobierno no decide cambiar la fecha, regirá la norma con la cual las empresas se harían cargo del pago de aportes a seguridad social de sus contratistas. A continuación, más detalles.
Desde el 1 de junio de 2019, si el Gobierno no decide cambiar la fecha, regirá la norma con la cual las empresas se harían cargo del pago de aportes a seguridad social de sus contratistas, una determinación positiva para los trabajadores independientes en cuanto al diligenciamiento de la Pila.
Los aportes a salud y pensión de aproximadamente 10 millones de colombianos que trabajan como contratistas tendrían que seguir haciéndolos los empleados durante un año más de lo esperado.
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta:
¿Cuál es el IBC con el que deberá seguir aportando un trabajador independiente durante una incapacidad de 90 días? ¿El aporte debe seguir haciéndose a salud, pensión y ARL?
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:
¿Qué requisitos deben cumplirse para poder aplicar en la declaración de renta la deducción por pagos a trabajadores independientes?
Resuelta el 13 de febrero de 2019
La legislación laboral dispone la obligación del empleador de realizar aportes al sistema de seguridad social. En lo que concierne a los trabajadores domésticos, dichos aportes deben ser realizados sobre días laborados, según los montos mínimos de cotización establecidos.
El Decreto 780 de 2016 establece que quienes decidan fijar su residencia fuera del país deben, para efectos de retiro del sistema de seguridad social, reportar la novedad de retiro ante la EPS.
Mediante el Decreto 1273 de 2018 se ratificó, entre otras cosas, el porcentaje sobre el cual los contratistas deben realizar los aportes al sistema de seguridad social. Es importante recalcar la obligación que tienen estos de cotizar a dicho sistema, sin importar que su IBC sea inferior a un smmlv.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con el Decreto 2438 de 2018, determinó nuevos obligados a suministrar información a la UGPP con el fin de evitar la evasión y elusión de aportes parafiscales al sistema de seguridad social; también fijó las especificaciones técnicas de dicha información.