Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:
Aquellos contribuyentes que decidan tributar bajo el régimen simple ¿pueden optar por el beneficio de auditoría adicionado por el artículo 105 de la Ley de financiamiento?
Pregunta resuelta el 14 de marzo de 2019.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:
Las declaraciones de renta por los años 2015 y 2016, presentadas de forma extemporánea durante el año 2019, ¿podrían obtener el beneficio de auditoría al que se refiere la Ley de financiamiento 1943 de 2018?
Pregunta resuelta el 14 de marzo de 2019.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:
¿Una persona que presenta durante el 2019, de forma extemporánea, una declaración de renta del 2017 puede acceder al beneficio de auditoría que introdujo la Ley de financiamiento 1943 de 2018?
Pregunta resuelta el 7 de marzo de 2019.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿A qué se refiere el beneficio de auditoría y qué contribuyentes pueden aplicarlo?
Resueltas enero 17 de 2019
Los contribuyentes pertenecientes al régimen ordinario o especial, que al cierre del año gravable 2018 liquiden un impuesto neto de renta superior a 71 UVT, pueden aspirar a que su declaración por el año gravable 2019 obtenga el beneficio de auditoría revivido con la Ley 1943 de 2018.
Los contribuyentes del régimen ordinario o del régimen especial que al cierre del año gravable 2018 liquiden un impuesto neto de renta superior a 71 UVT, podrán aspirar a que su declaración del año gravable 2019 obtenga el nuevo beneficio de auditoria creado con la Ley 1943 de 2018.
Las declaraciones tributarias quedarán en firme si dentro de los tres años siguientes al vencimiento del plazo estipulado para declarar no se ha expedido la notificación de requerimiento especial al contribuyente, de conformidad con lo establecido por el artículo 714 del Estatuto Tributario.
El beneficio de auditoría no es aplicable para el período gravable 2015, debido a que la normatividad solo lo consideró para los períodos 2011 y 2012.
DIAN. El no cumplimiento de los requisitos señalados en la ley para acceder al beneficio de auditoría (períodos gravables 2011 a 2012) dará como resultado la improcedencia del mismo.
Se tiene un saldo a favor en renta de $33.000.000. Dentro de este saldo hay $16.000.000, cuya declaración del 2011 tenía beneficio de auditoría a 6 meses, que se ha venido arrastrando. Al día de hoy, ¿se puede solicitar como devolución y/o compensación?
El beneficio de auditoría no es aplicable para el periodo gravable 2014, debido a que la normatividad sólo lo consideró para los periodos 2011 y 2012.
A continuación se explica como se establecen sanciones tributarias partiendo del principio constitucional, también se explica la firmeza por regla general, la firmeza de las declaraciones con pérdidas y con beneficio de auditoría. Finalmente, se plantean ejemplos y casos prácticos sobre la firmeza tributaria.