Consejo de Estado. Por medio del cual se precisó que para que sea válida la suspensión del término para notificar el requerimiento especial por tres meses, los comisionados o inspectores deben haber iniciado las actividades propias de su cargo.
El Consejo de Estado concluye que, en el caso de los trabajadores que devengan salario integral, la base para calcular sus aportes parafiscales es el 70 % del pago correspondiente, porque así lo dispuso el artículo 18 de la Ley 50 de 1990, que modificó al artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo.
Consejo de Estado. Al estudiar una solicitud de medida cautelar consistente en la suspensión provisional de los efectos del artículo 50 del Decreto 2677 del 2012 decidió negar la suspensión provisional de exclusión de deudores en procedimientos de insolvencia para personas naturales no comerciantes.
Consejo de Estado. Explicó que para determinar si las cuotas partes pensionales son exigibles no es necesario contar con la resolución de reconocimiento de la pensión.
Consejo de Estado. Recordó que la demanda en la cual se busca reconocer la existencia de un contrato realidad se debe presentar dentro de los 3 años siguientes a la finalización del contrato.
Consejo de Estado. Indicó que pago de bonificaciones extralegales habituales y expresamente excluidas por acuerdo como factor salarial no integran base para liquidar aportes parafiscales.
Consejo de Estado. Indicó que la estabilidad laboral reforzada también aplica mujeres con contrato de prestación de servicios si su vinculo termina en la época de gestación.
Consejo de Estado. Señaló que el trabajador está en la obligación legal de informar situaciones que afecten su salud e integridad personal.
Consejo de Estado. Recordó que la subordinación, es el elemento diferenciador entre el contrato de trabajo y el de prestación de servicios.
Consejo de Estado. Recordó que en los acuerdos de reestructuración empresarial no pueden desconocer prerrogativas laborales del trabajador.
Mediante la presente sentencia se concluye que con la revocatoria directa se puede sustituir total o parcialmente un acto administrativo estando o no en firme, lo cual se da a través de otro acto que debe proferirse en etapas distintas a las del procedimiento administrativo.
Consejo de Estado. Recordó que el principio de favorabilidad debe ser aplicado en sentido estricto cuando se trate de asuntos en materia de seguridad social.