Tanto las acciones o cuotas sociales de una sociedad mercantil, como un inmueble privado al interior de una P.H. pueden ser objeto de embargo por cualquier deuda, pero dicho embargo NO limita la participación del dueño, en las respectivas Reuniones del Máximo Órgano Social.
Supersociedades. El día en que se efectúa la convocatoria no computará para establecer la antelación, por lo que para todos los efectos legales, el primer día de la convocación se contará a partir del día siguiente de la misma.
Convocatoria- suscripción de acciones.