Los nuevos marcos normativos contables existen desde antes de que estuviese en auge en Colombia el uso de criptomonedas. Además, hay que tener en cuenta que el uso de Bitcoin no está regulado. En este editorial explicaremos qué tratamiento puede darle a este tipo de inversiones.
El superintendente financiero, Jorge Castaño, informó que la entidad estaba estudiando en conjunto con el Banco de la República y el Ministerio de Hacienda si se regula o no el tema de las monedas virtuales en el país.
Jorge Castaño, superintendente financiero, asegura que la forma de atender las necesidades de los consumidores ha cambiado y que hoy las entidades compiten por el cliente considerando factores adicionales al precio justo. Así mismo, advirtió que las criptomonedas no tienen el aval de la entidad.
El superintendente financiero de Colombia, Jorge Castaño, reveló que ya se firmó contrato con la firma de desarrollo de Blockchain R3, algo que ya había hecho el Banco de la República.
El superintendente financiero, Jorge Castaño, señaló que actualmente están evaluando cuál es el entorno que se va a utilizar para las criptomonedas en el país.
Catalina Tobón Cuellar, gerente de estrategia e investigaciones económicas de Old Mutual, habló en exclusiva con Actualícese sobre la realidad del Bitcoin en Colombia. Asegura que hay un largo trecho por recorrer para entender su operación y los riesgos por su volatilidad y sofisticación.
Tenga en cuenta que, según la normatividad nacional, el peso es el único medio de pago legal en Colombia. En consecuencia, este tipo de monedas no son un activo equivalente ni están respaldadas por el Banco de la República. Usuarios ya se han visto seriamente afectados.
Mediante la carta circular 52 del 22 de junio de 2017, las Superintendencia Financiera señaló que las operaciones realizadas con monedas electrónicas, criptomonedas o monedas virtuales, se caracterizan por ser pseudoanónimas, presentan una alta dificultad para la identificación de sus beneficiarios finales, son poco trazables por las autoridades y no están respaldadas por bancos centrales. Indicó además que, de acuerdo con el Grupo de Acción Financiero Internacional –GAFI–, dichas monedas son un instrumento que podría facilitar el manejo de recursos provenientes de actividades ilícitas relacionadas, entre otros, con los delitos fuente del lavado de activos, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva. Asimismo, la Superfinanciera recordó que estas criptomonedas no constituyen un valor en los términos de la Ley 964 de 2005, por lo que no hacen parte de la infraestructura del mercado de valores colombiano, no constituyen una inversión válida para las entidades vigiladas y sus operadores tampoco se encuentran autorizados para asesorar y/o gestionar operaciones sobre las mismas. Igualmente, recalcó que no ha autorizado a ninguna entidad vigilada para custodiar, invertir, intermediar ni operar con tales instrumentos, como tampoco para permitir el uso de sus plataformas por parte de los participantes, en lo que se conoce como “Sistema de Monedas Virtuales”.