Mediante el artículo 141 de la Ley 2010 de 2019 se estableció que el Gobierno nacional entregaría un informe sobre el impacto que generaría la sustitución del IVA por el INC.
En julio de 2020, el Ministerio de Hacienda publicó un informe sobre los posibles efectos cascada de tal propuesta.
Balance positivo con aprobación de proyectos de ciencia, tecnología e innovación por valor de 1.1 millones de dólares con exenciones de IVA.
De igual forma, se busca que los productos que ya cuentan con este impuesto no se les modifique la tarifa.
¿Cuáles son los efectos de cambiar el IVA por impuesto nacional al consumo? ¿Qué fines persigue esa medida y qué normas la regulan?
A continuación, Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, resuelve inquietudes relacionadas con la aplicación del beneficio de auditoría, el cobro del impuesto al patrimonio, la retención en la fuente sobre el pago de dividendos y otros temas de actualidad.
Entre abril y mayo la caída del recaudo tributario fue superior al 30 % por efectos de la pandemia.
Recaudo del impuesto al consumo fue de -56,6 % en abril, siendo el más impactado.
Nueva proyección de recaudo bruto para 2020, según el marco fiscal de mediano plazo, será de 144,23 billones de pesos.
Corte Constitucional expide la Sentencia C-292 de 2020, a través de la cual declara exequible el Decreto Legislativo 551 de 2020, mediante el cual se otorgó la exención del IVA a 211 insumos médicos mientras se mantuviera declarada la emergencia sanitaria causada por la propagación del COVID-19.
No obstante, la sentencia en mención declara exequible de forma condicionada el artículo 1 del Decreto Legislativo 551, en el entendido de que las medidas tributarias estarán activas durante la vigencia de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social y dejarán de regir al término de la siguiente vigencia fiscal, salvo que el Congreso, durante el año siguiente, les otorgue carácter permanente.
Cumpliendo con el artículo 141 de la Ley 2010 de 2019, Minhacienda destacó en un informe los efectos de cambiar el IVA por un INC sin valores descontables.
Este informe indica los posibles “efectos cascada” al generarse un impuesto sobre impuesto, que afectaría los precios finales del consumidor.
Ministerio de Hacienda expide el Decreto 1089 de 2020, mediante el cual reglamenta el artículo 258-1 del Estatuto Tributario, en relación con el descuento del IVA en la importación, construcción o adquisición de activos fijos reales productivos.
El decreto en cuestión aclara que los responsables del IVA podrán descontar del impuesto sobre la renta a cargo, correspondiente al año en el que se efectúe su pago o en cualquiera de los períodos gravables siguientes, el IVA pagado por la adquisición, construcción o formación e importación de activos fijos reales productivos, incluyendo el asociado a los servicios necesarios e imprescindibles para ponerlos en condiciones de utilización.
En el caso de los activos fijos reales productivos formados o construidos, el IVA podrá descontarse en el año gravable en que dicho activo se active y comience a depreciarse o amortizarse, o en cualquiera de los períodos gravables siguientes.
¿Qué expresó la Corte Constitucional sobre los beneficios en materia de GMF e IVA establecidos en el Decreto Ley 530 de abril de 2020?
¿Por qué fue suspendido el tercer día sin IVA y cuáles son los efectos tributarios de esta decisión?
¿Qué condiciones deben ser consideradas por los vendedores que facturan mediante el sistema POS en los tres días sin IVA?