Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cambio del IVA por el INC: ¿cuáles serían los efectos de esta propuesta?


Cambio del IVA por el INC: ¿cuáles serían los efectos de esta propuesta?
Actualizado: 1 septiembre, 2020 (hace 4 años)

Mediante el artículo 141 de la Ley 2010 de 2019 se estableció que el Gobierno nacional entregaría un informe sobre el impacto que generaría la sustitución del IVA por el INC.

En julio de 2020, el Ministerio de Hacienda publicó un informe sobre los posibles efectos cascada de tal propuesta.

En el siguiente video, nuestro conferencista Diego Guevara Madrid, destacado tributarista y líder de investigación en impuestos de Actualícese explica cuáles son los efectos de cambiar el IVA por el impuesto nacional al consumo –INC–, propuesta realizada por medio de la Ley 2010 de 2019.

De acuerdo con lo expuesto por nuestro investigador, en julio de 2020 el Ministerio de Hacienda publicó un informe en el cual expuso los efectos de cambiar el IVA por un INC sin valores descontables a la tarifa del 8 %, propuesto en el artículo 141 de la Ley 2010 de 2019.

En dicho informe se destacan los efectos cascada al generarse un impuesto sobre impuesto, que afectaría los precios finales del consumidor.

Actualmente, el IVA es considerado un impuesto al valor agregado, y cuando uno de los responsables que participan en la cadena de producción paga el IVA a otro de los intermediarios, ese valor pagado puede ser tomado como un IVA descontable en la declaración de dicho impuesto.

Sin embargo, al sustituirse este gravamen por el INC no se aceptaría tomar valores descontables, sino que dicho impuesto pasaría a hacer parte del mayor valor del costo o gasto de la compra, lo cual incrementaría en cada reventa el precio de venta, lo cual, a su vez, aumentaría el precio ofrecido al consumidor final.

Por otra parte, el informe propone que el INC no sea cobrado por cada uno de los intermediarios de la cadena de producción, sino que sea el vendedor final el responsable del INC facturado sobre la venta al consumidor final.

No obstante, dicha propuesta requeriría de la implementación de nuevos mecanismos de control, considerando la formación de métodos de evasión entre compradores.

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