En un parto prematuro la licencia de maternidad se reconoce cuando el menor nace antes de completar las 37 semanas de gestación, información que deberá estar certificada por el médico tratante para efectos de sumar el tiempo faltante para la fecha probable de parto a las 18 semanas de ley.
En la época del parto los empleadores del padre y de la madre están en la obligación de otorgarles licencias remuneradas de 8 días y 18 semanas respectivamente, para que estos cumplan con la función biológica del primer contacto con el recién nacido. Estos son los aspectos más importantes.
La regla general en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, es que la incapacidad sea reconocida por la EPS una vez ésta es expedida por el profesional adscrito o perteneciente a la misma, caso en cual, dicha entidad deberá reconocer la prestación económica derivada de la incapacidad por enfermedad general, en la medida en que se haya cotizado en los términos previstos en el artículo 2.1.13.4 del Decreto 780 de 2016. Es importante tener en cuenta que, de acuerdo con el artículo 121 del Decreto Ley 019 de 2012, es el empleador quien deberá adelantar de manera directa ante las EPS los trámites para el reconocimiento de las incapacidades por enfermedad general y licencias de maternidad o paternidad, siendo la única obligación del trabajador reportar el acaecimiento de cualquiera de aquellas. Cabe señalar que no existe una norma que defina de forma expresa la manera en que debe proceder el empleador cuando las EPS no asuman el pago de las prestaciones económicas; no obstante, los empleadores o trabajadores podrán demandar tal situación a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad que en el marco de su función jurisdiccional, podrá conocer y decidir sobre el reconocimiento y pago de las prestaciones económicas por parte de las EPS o del empleador.
A través de la Ley 1822 de 2017 se realizaron algunos ajustes a la licencia de maternidad y paternidad. A continuación, se presentan 7 respuestas clave a preguntas sobre el tema, abordadas por nuestro equipo experto en la materia.
Las empresas no pueden solicitar la historia clínica ni pretender acceder a esta parcial o totalmente, puesto que es un documento reservado y no se ha previsto que el empleador pueda acceder a él. A su vez, la EPS no puede exigirla para pagar incapacidades o licencias de maternidad o paternidad.
De acuerdo con el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo y la Sentencia T-646 de 2012, para el reconocimiento de la licencia de maternidad por parto prematuro debe tenerse en cuenta la diferencia entre la edad gestacional (formación en el vientre materno) y el nacimiento a término (fecha probable de parto, indicado por el especialista o médico tratante), con el fin de determinar en cuántas semanas se debe ampliar la licencia de maternidad, pues no es posible señalar una semana fija, y menos generalizarla como nacimiento a término, por cuanto el momento natural de nacimiento lo determina de manera individualizada el proceso de evolución en el que se encuentran la madre y el nasciturus.
Para que haya lugar al reconocimiento de las prestaciones económicas por incapacidad y licencias de maternidad y paternidad por parte de la EPS al trabajador independiente que se encuentra en mora, esta debe haberse allanado a la mora, de lo contrario estará vulnerándole los derechos fundamentales.
La licencia de maternidad se encuentra estipulada en el artículo 236 del CST, modificado por la Ley 1822 de 2017. Aquí presentamos los aspectos más importantes a tener en cuenta al momento en que se cause. Sobre todo, no olvide notificar siempre la condición de embarazo por escrito.
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
A qué tiene derecho una empleada que se encuentra en licencia de maternidad, que no le ha pagado desde el mes de mayo y que aparece suspendida en la EPS, si la entidad se declara en quiebra?
En el uso de sus facultades jurisdiccionales, la Supersalud aclaró que uno de los requerimientos para que la licencia de paternidad se haga efectiva es que el padre haya empezado a cotizar por lo menos dos semanas antes del parto de la madre, esto debido a la ambigüedad del artículo 236 del CST.
El Código Sustantivo del Trabajo dispone en su artículo 57.6 que el empleador tiene la obligación especial de conceder al trabajador ciertas licencias cuando este último las requiera, dichas licencias obedecen a términos legalmente establecidos y el empleador no puede desconocerlas en ningún caso.
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿En relación al padre, cómo debe manejarse la licencia de maternidad en caso de que fallezca la madre antes de terminar la respectiva licencia?