Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: semana 16 de octubre

Concepto 022223 de 17-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 17 agosto, 2017

Para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios se deberá reconocer como ingresos a aquellos que satisfagan las definiciones y los criterios de reconocimiento de acuerdo con los marcos técnicos normativos contables, es decir, aquellos que hayan sido devengados contablemente en el período fiscal, a menos que se verifique alguna de las circunstancias excepcionales desarrolladas en el inciso del artículo 28 del ET, para lo cual corresponderá al contribuyente determinar dicha situación de acuerdo a cada caso particular. Respecto al impuesto sobre las ventas, es de recordar que las reglas generales de causación del mencionado tributo no fueron objeto de variación en la Ley 1819 de 2016, por lo cual continúa vigente lo consagrado en el literal c) del artículo 429 del ET que establece que en las prestaciones de servicios, la causación de este impuesto se hará en la fecha de emisión de la factura o documento equivalente, o en la fecha de terminación de los servicios o del pago o abono en cuenta, la que ocurra primero.

Concepto 719 de 17-08-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 17 agosto, 2017

El CTCP indica que a la fecha, el contador público no tiene la obligación de obtener una certificación en algún tema en específico de la ciencia contable, pero por las circunstancias actuales, el ejercicio de la profesión requiere la actualización profesional para poder aplicar los nuevos marcos técnicos normativos, de acuerdo con las disposiciones legales emitidas en cumplimiento de la Ley 1314 de 2009.

Concepto 714 de 16-08-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 16 agosto, 2017

Los anticipos entregados al proveedor no pueden ser clasificados como instrumentos financieros dado que el anticipo no puede ser considerado como un contrato que da lugar a un activo financiero en una entidad y a un pasivo financiero o a un instrumento en otra, sino que deberá reconocerse de acuerdo con su naturaleza.

Concepto 716 de 16-08-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 16 agosto, 2017

El CTCP señala que la legislación colombiana no establece obligaciones específicas que deban cumplir los contadores públicos cuando presten servicios de tercerización contable, por lo cual, este es un asunto de definición contractual.

Concepto 17265963 de 16-08-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 16 agosto, 2017

De conformidad con las disposiciones de la Ley 1480 de 2011 –Estatuto del Consumidor–, en las relaciones de consumo que se realicen a través del comercio electrónico deberán aplicarse de manera especial las disposiciones de los capítulos V y VI, especialmente las referentes a la protección al consumidor de comercio electrónico. Aunque dicha normativa no regula de manera específica todas las actividades relacionadas con comercio electrónico y las ventas a distancia, se insiste en que la aplicación de la Ley 1480 de 2011 y demás normas e instrumentos relacionados procede siempre que exista una relación de consumo, y por lo tanto, puede ser aplicada a todas las actividades mercantiles, de modo que sus lineamientos deberán ser seguidos por todos aquellos que pretendan comercializar productos y servicios a través de la utilización de medios electrónicos o cualquier otra técnica de comunicación a distancia.

Oficio 021511 de 11-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 11 agosto, 2017

La Dian precisa que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ha sido el encargado de suministrar los estudios y definiciones técnicas necesarias para hacer efectivo el cumplimiento de la exclusión del IVA señalada en el numeral 24 del artículo 476 del ET (exclusión del IVA en el suministro de páginas web, servidores [hosting], computación en la nube [cloud computing] y mantenimiento a distancia de programas y equipos). La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales como entidad encargada de adoptar criterios y fijar lineamientos en materia tributaria, según lo previsto en el Decreto 4048 de 2008, otorga claridad para el entendimiento de los servicios antes mencionados con el único propósito de no generar incertidumbre en su aplicabilidad y exponer las características y términos esenciales que compone la prestación de este tipo de servicio tecnológico.

Concepto 115-174560 de 10-08-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 10 agosto, 2017

La Supersociedades recuerda que las entidades que actualmente o en el futuro se encuentren en proceso de disolución y liquidación en forma voluntaria u obligatoria deberán continuar aplicando las normas que sobre la materia están contenidas en el Decreto 2649 de 1993 y demás normas actualmente vigentes, como aquellas circulares expedidas por las diferentes superintendencias.

Concepto 115-174304 de 09-08-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 9 agosto, 2017

La Supersociedades señala que el saldo de ganancias acumuladas generado por la aplicación por primera vez de los nuevos marcos técnicos normativos contables que permanezca al final del período de transición y que genera el ajuste en los libros oficiales, no es susceptible de ser distribuido como dividendo a los socios o accionistas durante el período de aplicación del nuevo marco normativo aplicado por la entidad, o en otros períodos, mientras no se haga efectiva la entrada de fondos correspondiente, dado que no surge de la actividad normal del período sino de ajustes producto del cambio de las bases de reconocimiento y medición, que solo ocurre por aplicar el nuevo marco de principios.

Oficio 020900 de 04-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 4 agosto, 2017

Los responsables del impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas en sus diferentes estancias (es decir, cobrar, recaudar, así como pagarlo con la presentación de la correspondiente declaración tributaria) son las personas naturales o jurídicas responsables del IVA; sin embargo, cada establecimiento decide si vende la bolsa o la entrega gratuitamente.

Oficio 020901 de 04-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 4 agosto, 2017

La Dian recuerda que el impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas recae sobre las personas naturales o jurídicas que opten por recibir bolsas plásticas para transportar productos adquiridos en un establecimiento comercial. Para el 2017, la tarifa de este impuesto será de $20 por cada bolsa plástica y este valor incrementará en $10 pesos por cada año hasta el año 2020, y los responsables del recaudo del mismo son los responsables del impuesto sobre las ventas. Asimismo, precisa que en todas las operaciones económicas se generan operaciones fraccionarias, y tanto el comercio como en general los diferentes establecimientos aplican los diferentes impuestos y tarifas sin contratiempo, por lo cual, el que no exista moneda de $20 en Colombia, no debe constituir impedimento para el cobro del impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas.

Oficio 020909 de 04-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 4 agosto, 2017

La Dian recuerda que, en concordancia con la Ley 939 de 2004, la renta líquida generada por el aprovechamiento de cultivos de tardío rendimiento se considera exenta siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos en la ley. Cabe señalar que la exención que otorga la ley es por motivo de las plantaciones de cultivos, es decir, frente a la actividad desarrollada y no quien la desarrolla.

Oficio 020732 de 03-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 3 agosto, 2017

La Dian precisa que independientemente de que una persona natural adquiera la residencia para efectos tributarios en Colombia, ello no implica que se libere de la carga impositiva que deba asumir en otras jurisdicciones, como es el caso de Estados Unidos, ya que de ninguna manera la normativa nacional puede involucrar la inaplicación de las reglas tributarias que cada país establece de manera soberana y autónoma. Caso diferente se presenta en aquellos eventos en los que media un convenio para evitar la doble imposición suscrito entre dos o más naciones, a partir de las cuales se acuerdan en común pautas para la distribución de la tributación. Cabe señalar que si, aun sin existir convenio para evitar la doble tributación, una persona decide convertirse en residente fiscal en Colombia, podrá descontar del monto del impuesto de renta el impuesto sobre la renta pagado en el otro país.

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