Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Absorción de pérdidas – Organización cooperativa.
Continuando con los invitados de honor en nuestra empresa, nos complace contarles que HOY miércoles 7 de mayo de 2014 estará con nosotros Luz Amparo Guerra, jefe de comunicaciones de la DIAN. A partir de las 3:00 pm podrás conectarte con nosotros porque tendremos un especial de nuestro programa Conversémonos un Tinto, en vivo y […]
Una vez mas alertamos sobre la exagerada afectación del ingreso de bolsillo de los trabajadores independientes, que son la gran mayoría de profesionales de este país.
La Superintendencia de Sociedades emitió la Circular Externa 115-000004 de abril 30 de 2014 donde manifiesta explícitamente el requerimiento del Estado de Situación Financiera de Apertura con corte a enero 1 de 2014.
En febrero de 2014 la Procuraduría dio su opinión en relación con este expediente que se abrió desde julio de 2013. La Corte aun no lo ha agendado para estudiarlo, pero la Procuraduría sí apoya declarar inexequible varios de los artículos de la Ley 1607.
A través de su Circular 115-00004 de abril 30 de 2014 la Supersociedades exigió que las sociedades que pertenecen al Grupo 1 de la convergencia a NIIF entreguen el ESFA, Estado de Situación Financiera de Apertura, con corte a enero 1 de 2014. Lo deberán elaborar en miles de pesos con la opción 45 del software Storm User y entregarlo entre el 25 y el 26 de junio de 2014.
150 empresas, esa es la cifra que tiene en mente el gobierno, para que al final de este año se vinculen a programas de teletrabajo y consolidar un sistema de registro de teletrabajadores que permitirá identificar los sectores y el tipo de trabajadores.
Este tipo de retención se contabiliza en la Cuenta 1355 – Otras Retenciones. El resto, la diferencia sería la cuenta por cobrar al cliente.
Emisores de valores, entidades de interés público y entidades con más de 200 empleados o con activos superiores a $30.000 salarios mínimos hacen parte de este grupo.
La quiebra es un indicio de deterioro. En consecuencia, la persona no podrá pagar o pagará solo una parte. Se deberá hacer una provisión de cartera donde la parte que se considera que se va a perder se debe registrar en el gasto.
DIAN. Hecho generador. Causación del gravamen a los combustibles.
DIAN. Compensación de impuestos con saldos a favor; Extinción de la obligación tributaria; Imputación de pagos.