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Con la Resolución 000162 de 2023, la Dian establece el grupo de obligados a presentan la información tributaria a esta entidad por el año gravable y siguientes.
De lunes a jueves, a las 9 a. m. y a las 11 a. m., Conferencias Actualícese te presenta invitados que exponen temas coyunturales, de alto interés e impacto para nuestra comunidad de profesionales.
¿Cuál es la nueva retención en la fuente a título de renta contemplada en el artículo 408 del ET y que solo se empezará a practicarse a partir de enero 1 de 2024?
¿Cuáles tarifas de impuestos nacionales incrementaran al iniciar el año 2024?
¿Cuáles personas naturales podrán operar durante el 2024 como no responsables del IVA, y como no responsables del INC de bares y restaurantes, y como no responsables de los impuestos saludables?
¿Cuáles serán las fechas especiales que se deberán tomar en cuenta durante el 2024 para poder optar por trasladarse al régimen simple de tributación, o para salirse de dicho régimen?
La entidad, a través de un proyecto de decreto, fijaría valor de la UVT que regiría para el próximo año en cuarenta y siete mil sesenta y cinco pesos ($47.065).
La Dian emitió el Concepto Unificado 1126(8192) del 1 de noviembre de 2023, a través del cual compila toda la doctrina oficial que sobre la reforma tributaria, Ley 2277 de 2022, se ha emitido.
En la Sentencia C-405 de 2023 se resaltó que la Ley 2277 de 2022 prohíbe la repetición del impuesto de timbre en inmuebles que ya lo hayan pagado previamente.
Este impuesto solo aplica a operaciones que exceden las 20.000 UVT, por lo que no afecta la capacidad contributiva de los contribuyentes.
Con el inicio del último bimestre del año, es fundamental mantenerse al tanto de todas las obligaciones tributarias por cumplir.
La planificación fiscal es esencial para evitar caer en sanciones e intereses de mora que podrían incrementar significativamente el costo de estas obligaciones.
En su fallo de octubre de 2023, el Consejo de Estado anuló el Oficio Dian 019349 de 2019 y sostuvo que cuando se aporten activos fijos a la constitución de una sociedad dicha operación también implica la transferencia del mismo tiempo de posesión que los activos habían tenido en el patrimonio del aportante.
La Corte indicó que no hubo vicios en el trámite de la formación y aprobación de las normas que crearon los impuestos saludables.
Destacó que su finalidad es desestimular el consumo de algunos productos, por lo que no era necesario contar con la capacidad contributiva de los contribuyentes.