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¿Cuál es el cambio en el procedimiento 2 de la retención en la fuente para rentas del trabajo de personas naturales? ¿Este cambio afecta a quienes ya habían calculado este porcentaje fijo en diciembre de 2022 y en junio de 2023?
¿Cuál es la retención en la fuente que tendrá que aplicarse a las personas naturales independientes que perciban rentas de trabajo del artículo 103 del Estatuto Tributario, como honorarios, comisiones, servicios y cualquier otra distinta a las originadas en una laboral o legal y reglamentaria, cuando estos beneficiaros del pago no soliciten al agente retenedor la aplicación de costos y deducciones?
Un residente fiscal solo teletrabaja para empresas del exterior que le consignan en PayPal. No tiene contrato laboral sino de servicios. ¿Estos ingresos deben declararse, aunque no se hayan monetizado? En caso afirmativo, ¿a qué tasa se deben declarar?
¿Cómo se declaran las indemnizaciones por la ley de víctimas? ¿Cuál estrategia de planeación se puede implementar para reducir legalmente el impuesto de pagos recibidos por la ley de víctimas? ¿Qué pasa si la unidad de víctimas no efectuó la retención en la fuente?
¿Existen costos presuntos en la declaración de renta de personas naturales? ¿Cuál estrategia de planeación tributaria se puede implementar para quienes no pueden demostrar costos?
¿Las bonificaciones otorgadas por mera liberalidad por parte del empleador son deducibles en el impuesto de renta?
¿Cuáles personas naturales y/o sucesiones ilíquidas están sujetas al cálculo de la renta gravable por comparación patrimonial?
Si las sociedades inscritas en el régimen simple no están sujetas a practicarse autorretenciones a título de renta, ¿pueden tomarse la exoneración de aportes de nómina del artículo 114-1 del ET?
¿Cómo se calcula el anticipo bimestral del régimen simple si los ingresos del bimestre superan al último rango de la tabla respectiva del parágrafo 4 del artículo 908 del ET?¿Cómo se calcula el anticipo bimestral del régimen simple si los ingresos del bimestre superan al último rango de la tabla respectiva del parágrafo 4 del artículo 908 del ET?
¿Qué debe hacer un contribuyente del régimen simple con las retenciones en la fuente a título de renta y de ICA que le practicaron entre enero y febrero cuando todavía pertenecía al régimen ordinario?
Si los anticipos bimestrales se presentan con errores, ¿existe algún plazo especial para efectuarles correcciones?
¿En qué casos las personas naturales o jurídicas que venden bienes o servicios a los inscritos en el régimen simple deberán practicarse autorretenciones a título de renta o de ICA?