Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Los aprendices vinculados a las empresas tienen derecho al reconocimiento del auxilio de transporte y al pago de dotación empresarial?
El contrato de aprendizaje tiene por objeto el desarrollo o la formación teórica y práctica de un estudiante denominado aprendiz, a través de una empresa acreditada y autorizada por medio de convenios con una institución educativa, que patrocinará la formación para el trabajo de un estudiante.
El contrato de aprendizaje es una modalidad especial de vinculación laboral que cuenta con elementos esenciales que contribuyen a facilitar la formación de los estudiantes mediante la práctica de lo aprendido.
En concordancia con la Corte Suprema de Justicia, en la sentencia 39980 de 2013, el reembolso o reintegro de las sumas pagadas en exceso sin que el trabajador tenga derecho a ellas, por salarios o prestaciones, no constituye una deducción que necesite de autorización de descuento.
En concordancia con la Ley 789 de 2002, las empresas privadas que desarrollen cualquier actividad económica diferente a la construcción y que tengan una nómina de mínimo quince (15) empleados, están obligadas a vincular aprendices para desempeñen labores que requieran formación académica o profesional metódica y completa en la actividad económica que desempeñan las mismas.
Las normas laborales y de seguridad social han presentado varios cambios que deben conocer las empresas. En repetidas ocasiones no abordamos estos temas con responsabilidad y los dejamos en manos del departamento de Recursos Humanos, software especializados o personal de apoyo que probablemente no estén actualizados.
En atención a que la Ley de Infancia y Adolescencia establece la obligación de solicitar permiso para trabajar a los menores de edad, se ha generado la duda respecto a los que van a celebrar contrato de aprendizaje. No es necesario y aquí explicamos por qué.
En este especial compuesto por 2 conferencias, se tocan todos los aspectos como quiénes están obligados a tener aprendices, cuáles son sus costos, cuáles son sus sanciones al no cumplir con la cuota de aprendices, la monetización y el aumento voluntario.