Muchas escuelas contables no estudian a fondo la importancia de los informes corporativos, la rendición de cuentas de los administradores, el informe de gestión y de los documentos que le deben acompañar, entre los que se encuentran los estados financieros. Lo que enseñan es a preparar formatos.
Con seguridad, lo que unos aplaudan otros reprobarán. Triste realidad de una profesión dividida por el odio, que no sabe estimular lo bueno y rechazar lo malo. Lo que es claro es que la profesión o cambia o desaparece, porque otros asumirán su tarea con conceptos y procesos de avanzada.
Aunque la revisoría fiscal se visualizó durante un tiempo como un órgano social, hoy se considera una institución, porque trabaja en interés del público y porque solo así puede satisfacer las exigencias de independencia que repetidamente aparecen en nuestras leyes.
¿Qué es una factura? Entendíamos que se trataba de un documento para dejar constancia de una operación de venta. Luego, utilizando mal nuestro lenguaje, se empezó a hablar de facturas de venta en materia de servicios.
Ingresos por ventas de bienes o servicios pasó a ser una leyenda acostumbrada.
No estamos obligados a acoger las decisiones de los emisores de estándares como IASB, IAASB o IESBA.
Muchos abogan por que nos demos nosotros las soluciones que necesitamos, pero la academia está ocupada en otros asuntos. No podemos quedarnos en la incertidumbre por una soberanía mal entendida.
Las entidades del Gobierno, especialmente la Dian y los supervisores, ya no se esfuerzan en realizar la actividad probatoria, sino que exigen, para cuanta cosa se les ocurra, certificaciones suscritas por contadores públicos. No obstante, el legislador es el único facultado para exigir certificaciones.
El revisor entrante debe firmar las declaraciones que se presenten luego de aceptar el cargo. Esto no quiere decir que deba afirmar lo que no le consta o que deba trabajar gratis. Según las circunstancias de su nombramiento, habrá cosas comprobables, como que la declaración se haya tomado de los libros.
Como las acciones civiles, penales y contravencionales tienen un plazo durante el cual se pueden ejercer (por ejemplo, cinco años), el profesional debe estar dispuesto a dar cuenta y razón de lo que hizo y del estado de los asuntos durante su encargo.
En primer lugar, no necesitamos aumentar los impuestos, sino combatir la evasión, principalmente de los escondidos dentro del sector informal.
En segundo lugar, el dinero le alcanzaría para el doble o aun el triple de cosas, si el Estado controlara la corrupción que practica y fomenta.
Ninguna persona puede, aun siendo contratante laboral, obligar a un contador a obrar en contra de los principios de contabilidad generalmente aceptados o a expedir atestaciones falsas. Si un contable traiciona sus deberes básicos, será culpable así haya sido presionado por un tercero.
En la profesión contable existe una competencia complicada. Varias firmas medianas quieren llegar a los clientes de las grandes y, como no lo logran, plantean que hay un “monopolio”, que en tal caso sería un oligopolio. Curiosamente esta discusión es la misma que se da en otros lugares del mundo.
Muchos jóvenes tienen mala información sobre el mercado laboral. Algunos creen que al salir van a recibir el triple de lo que realmente obtendrán. Otros piensan que van a tener muchas personas a cargo para darles órdenes. El golpe es duro cuando se despeja la bruma y ven con claridad.