La producción y transformación de inventarios genera costos indirectos de fabricación, los cuales deben ser distribuidos a los inventarios teniendo en cuenta la capacidad normal de producción. Los costos no distribuidos deben reconocerse como gastos.
La entidad que adopta por primera vez el marco técnico normativo para Pymes y utiliza la exención de costo atribuido en las propiedades de inversión, puede utilizar el valor razonable o una revaluación según los PCGA anteriores, siempre y cuando respete los criterios del nuevo marco normativo.
En la importación de mercancías, los costos adicionales como aranceles, fletes, seguros, etc., ¿bajo qué concepto se reportan en el formato 1001, si entran a formar parte del costo en los inventarios? Resuelta 11 de mayo de 2017 El Dr. Diego Guevara indica que las empresas que importan mercancías o fabrican bienes, deben llevar en […]
El CTCP precisa que una entidad cuyo objeto social es la construcción de vivienda, con miras a su posterior venta, que aplique el marco técnico normativo para las entidades del grupo 2, no puede capitalizar los costos de préstamos como mayor valor de los activos. La sección 25 de este marco normativo contenido en el anexo 2 del Decreto 2420 de 2015, indica que los costos de préstamos deben ser registrados como gastos en los estados de resultados. Lo anterior, no impide que una entidad del grupo 2 pueda presentar información adicional en las notas a los estados financieros, en las que informe el valor que tendrían los activos y el patrimonio, si los costos financieros hubieran sido capitalizados y si esta información es relevante para los usuarios de los estados financieros.
Antes de la modificación establecida en la Ley 1819 de 2016, respecto de los requisitos para la deducción de los contratos de importación de tecnología, y sobre patentes y marcas el régimen vigente contenido en el artículo 1.2.1.18.17 del Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016 señalaba dos condiciones para la procedencia de dicha deducción, a saber: 1) la obligación de demostrar la existencia del contrato (junto con su sustancia) y, 2) que el mismo fuese autorizado por la autoridad competente. Lo anterior es aplicable en contratos de importación de tecnologías, y sobre patentes y marcas suscritos en vigencias sobre las cuales tuviese efecto la citada regulación; por esto, para efectos de la procedencia de los costos y deducciones, debe cumplirse con los requisitos establecidos en la norma, y en especial con el registro del contrato ante la autoridad competente, de manera previa a la solicitud como costos o gasto para efectos fiscales en la declaración de renta.
Luego de la aprobación de la Ley 1819 de 2016, el costo fiscal se obtendrá de la información calculada según las dinámicas de los Estándares Internacionales de Información Financiera desde 2017.
Si del resultado de la adquisición o generación de algún elemento del inventario de la entidad se hubiese incurrido en el pago de cualquier impuesto no recuperable, este importe puede constituirse como costo de adquisición.
El actual impuesto al consumo se encuentra determinado por el artículo 512-1 y subsiguientes del estatuto tributario (algunos modificados por la Ley 1819), es de carácter monofásico y cuenta con un tratamiento especial según lo determinado por el Estándar Internacional de Información Financiera.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Reconocimiento bajo Estándares Internacionales de Información Financiera como costo de adquisición para los inventarios, del pago del IVA, de acuerdo al Estándar Internacional para cada grupo normativo.
¿Una empresa que tiene una factura con fecha de febrero de 2017, pero esa factura corresponde a un costo por un servicio prestado en octubre de 2016, se puede tomar como deducible en renta para la declaración de renta del año 2016?
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Mediante un proceso de capitalización por parte de la casa matriz extranjera a su filial en Colombia se incurrió en unos costos de legalización, algunos asumidos por la matriz y otros por su filial; a través de este concepto el CTCP expone sus consideraciones para el tratamiento contable de estos costos de legalización.
¿Cuál es la forma correcta de manejar los costos por venta en el Estándar Internacional para Pymes? ¿Es cierto que bajo Estándares Internacionales deben ser llevados directamente al gasto?