¿Los pagos realizados a una entidad del régimen tributario especial están sujetos al cobro de la retención en la fuente? ¿Este tipo de entidades también pueden actuar como agentes de retención?
Dentro del ordenamiento jurídico tributario, el legislador ha creado regímenes especiales, alternativos o con ciertas prerrogativas o beneficios respecto del impuesto de renta y complementario. Actualícese presenta la Cartilla: declaración de personas jurídicas, casos especiales – Año gravable 2019, con el objetivo de permitir la actualización de la información tributaria relacionada con seis casos especiales relacionados con la declaración de renta de las personas jurídicas por el año gravable 2019.
A través del Decreto Legislativo 438 de 2020, el Ministerio de Hacienda adoptó medidas de carácter tributario que reduzcan el valor en la importación y adquisición de bienes e insumos en el territorio nacional, indispensables para la prestación de los servicios médicos para los pacientes que padezcan el coronavirus (COVID-19) y para la atención preventiva de la población colombiana sobre esta pandemia. Por lo anterior se establece, de manera transitoria, la exención del IVA en la importación y en las ventas en el territorio nacional para ciertos bienes, así como la ampliación del plazo para el proceso de actualización en el régimen tributario especial –RTE–.
¿Con cuál tarifa deben pagar el impuesto de renta los contribuyentes excluidos del régimen tributario especial?
¿Las entidades del régimen tributario especial están obligadas a calcular el anticipo del impuesto de renta y complementarios?
¿Qué reglas fiscales deben ser consideradas para hacer el registro web de las entidades sin ánimo de lucro?
Segunda cuota del impuesto de renta para grandes contribuyentes se pagará entre el 14 y el 27 de abril de 2020.
Contribuyentes que hacen parte del RTE, así como las cooperativas, tienen la obligación de actualizar el registro web referido en el artículo 364-5 del ET, a más tardar el 31 de marzo de 2020.
En la Sentencia C-022 de 2020, la Corte declaró inexequible una parte del artículo 364-5 del ET que exigía reportar en el registro web la identificación de los donantes.
Esto afectará la elaboración del formato 2532 que se reporta cada año en los procesos de actualización del registro web.
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado, cuyo objetivo es conseguir de forma gradual que el impuesto se recaude, en lo posible, dentro del mismo período gravable en que se cause.
Sin embargo, existen casos especiales en que ciertos pagos no estarán sujetos a dicha retención.
La conciliación fiscal es una obligación aplicable a los contribuyentes del impuesto de renta obligados a llevar contabilidad. Las entidades del régimen tributario especial deben cumplir con esta obligación, pues si su excedente fiscal no puede tomarse como exento en su totalidad, deberán contribuir con un 20 %. Teniendo en cuenta que el artículo 772-1 del […]
Tras la emergencia sanitaria por causa de la propagación del COVID-19 en todo el territorio nacional, el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 0438 de 2020, en el que fija el nuevo plazo para que las entidades del régimen tributario especial lleven a cabo el proceso de actualización del registro web y el reporte de […]
La primera cuota del impuesto de renta para grandes contribuyentes se pagará entre el 11 y el 24 de febrero de 2020.
Declaración y pago de retención en la fuente también se iniciará en febrero.
En el mes de marzo comenzará el pago bimestral del IVA.