La nueva versión del artículo 401 del ET establece que si el comprador de un bien raíz es una persona jurídica que no pertenece al régimen simple, la retención a título de renta deberá ser practicada y pagada antes de la elaboración de la respectiva escritura pública.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:
Si una vez presentada la declaración de retención en la fuente se evidencia la falta de una factura y su respectiva retención, ¿qué procedimiento se puede realizar? ¿Se deben efectuar las correcciones a las declaraciones de retención en la fuente e IVA?
Resueltas en enero 31 de 2019
Entre las novedades fruto de la aprobación de la Ley de financiamiento 1943 de 2018, es importante mencionar las modificaciones introducidas con relación a las normas que rigen el impuesto de renta y su respectiva retención en la fuente a partir del 2019.
Como es de conocimiento general en el ámbito de los contadores públicos, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide anualmente el decreto de plazos para la presentación y pago de los diferentes impuestos nacionales, documento que pretende constituir un derrotero para que los contribuyentes den cumplimiento a sus obligaciones formales y sustanciales.
Al momento de practicar la retención en la fuente mediante los procedimientos 1 y 2 es posible disminuir la base sujeta a retención con aquellos conceptos que se consideran como ingresos no gravados, deducciones y rentas exentas. Estas últimas sufrieron cambios con la Ley de financiamiento de 2018.
El formulario 220 del año gravable 2018 fue prescrito mediante la Resolución 00004 de enero 15 de 2019, incluyendo la misma instrucción errada del anterior formulario del año gravable 2017, en relación con uno de los requisitos que exoneran de declarar renta a las personas naturales residentes.
La Ley de financiamiento 1943 de 2018 introdujo cambios frente al procedimiento 1 de retención en la fuente aplicable a pagos por concepto de honorarios y compensaciones por servicios personales cuando se hayan contratado dos o más trabajadores asociados a su actividad.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
Con ocasión de lo expuesto en el artículo 121 del Estatuto Tributario, ¿está bien afirmar que podría deducirse el pago que se realiza a una empresa del exterior que presta un servicio de trámite en el extranjero, dado que no se le debe practicar retención?
Resueltas enero 10 de 2019
Esta herramienta contiene depuraciones para definir el porcentaje fijo de retención en diciembre de 2018 y junio de 2019, y las retenciones sobre pagos laborales en 2019. Además, incluye ayudas informativas como normas, videos, análisis, casos de estudio, conceptos tributarios, guías y liquidadores.
Esta herramienta contiene las depuraciones para definir la retención a practicar cuando se efectúan pagos o abonos en cuenta a personas naturales que perciban rentas de trabajo. Además, incluye ayudas informativas como videos, análisis, casos de estudio, conceptos tributarios, guías y liquidadores.
En esta herramienta se ilustran las depuraciones básicas que deberá realizar cada mes, cuando se efectúen pagos o abonos en cuenta a personas naturales residentes que perciban rentas de trabajo (laborales y no laborales). Esto con el propósito de definir el monto de la retención a practicar.
En esta herramienta se ilustran los cálculos que deben hacerse en diciembre de 2018 y junio de 2019 para obtener el porcentaje fijo de retención aplicable a los pagos en los semestres enero-junio y julio-diciembre de 2019. También se presenta la depuración de la retención para los pagos de 2019.