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La cuantía mínima de retención en la fuente a título de renta por concepto de prestación de servicios es de 4 UVT.
El valor de la UVT fijado por la Dian para 2023 es de $42.412.
Aquí te contamos cuál es el valor en pesos de este indicador y la normativa que lo regula.
El artículo 1.6.1.13.2.33 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 2487 de diciembre 16 de 2022, establece cuáles son los plazos para declarar retención en la fuente durante el año 2023.
En este análisis te contamos las fechas a las que debes estar atento.
Por el año gravable 2023, los agentes de retención tendrán plazo para expedir certificados de retención del año gravable 2022 hasta el 31 de marzo.
Así lo indicó el calendario tributario establecido en el Decreto 2487 de diciembre 16 de 2022.
Para el año gravable 2023, serán personas naturales retenedoras los comerciantes que en el año 2022 hubiesen poseído un patrimonio o ingresos brutos superiores a 30.000 UVT.
Esta obligación recaerá respecto de pagos por honorarios, comisiones, arrendamientos, rendimientos financieros y compras.
¿Cuáles son los cambios que introduce la Ley 2277 de 2022 en materia de retención en la fuente sobre rentas de trabajo?
¿A los bienes inmuebles entregados como donación inter vivos y/o usufructo entre personas naturales agentes retenedores se les debe practicar retención en la fuente y se deben facturar por parte del que recibe la donación y/o usufructo?
Las normas contenidas en los artículos 512-6, 602 y 606 del ET establecen los casos en los cuales las declaraciones del INC, IVA y retención en la fuente, respectivamente, que se presenten durante el año 2023, requerirán contar por lo menos con la firma de un contador.
Conoce aquí todos los detalles.
En esta herramienta de Excel se ilustran los cálculos necesarios para obtener el porcentaje fijo de retención en la fuente sobre salarios en diciembre de 2022 que se aplicarán a los pagos durante el semestre enero-junio de 2023. Igualmente, se expone un ejemplo aplicado al primer mes de dicho semestre.
La reforma tributaria del gobierno de Petro incorporó al ET el nuevo artículo 401-1, con el cual reguló la retención en la fuente en pagos de tarjetas débito o crédito para personas naturales no responsables del IVA.
Aquí precisamos los detalles que deberás tener en cuenta sobre esta nueva norma.
La nueva reforma tributaria modificó las instrucciones de los artículos 206, 336, 383 y 387 del ET, los cuales provocarán que tanto los asalariados como trabajadores independientes del régimen ordinario puedan terminar enfrentando una mayor retención en la fuente cuando perciban altos ingresos mensuales.
El artículo 78 de la reforma modificó el artículo 580-1 del ET y estableció que las declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago, liquidando montos totales a pagar inferiores a 10 UVT, tendrán un año de plazo para realizar su pago, contado desde el vencimiento del plazo para declarar.
En diciembre de 2022, al calcular el porcentaje fijo de retención en la fuente que se aplicará a los pagos laborales del semestre enero-junio de 2023, se usará una depuración diferente a la que se introducirá con la nueva reforma tributaria.
¿Con cuál depuración se debe calcular el porcentaje fijo?