Entre las razones avaladas para el retiro de cesantías se encuentra la inversión en mejoras locativas de bienes inmuebles. Sin embargo, esta tiene ciertas condiciones y no puede entenderse como la libertad de invertir en cualquier vivienda o edificar en cualquier terreno.
En el Senado de la República se radicó el proyecto de ley que pretende “financiar el autoempleo y emprendimiento de los trabajadores” mediante el retiro parcial de las cesantías.
Con el Decreto 2250 de 2017 se estipuló de forma novedosa que a partir del año gravable 2017 las cesantías consignadas a los fondos serán un ingreso para el contribuyente; por su parte, las ya consignadas a diciembre de 2016 solo formarán un ingreso cuando se retiren.
El artículo 1.2.1.20.7 del DUT 1625 de 2016 sustituido con el artículo 6 del Decreto 2250 de 2017 establece un tratamiento especial para las cesantías. Hay que distinguir si el asalariado ha sido vinculado laboralmente después de la Ley 50 de 1990 o si le aplica el régimen tradicional de cesantías.
A esa conclusión se llega al estudiar las normas contenidas en el artículo 6 del Decreto 2250 de diciembre 29 de 2017, el parágrafo 3 del artículo 135 de la Ley 100 de 1993 y el artículo 22 del Decreto 841 de 1998 compilado en el artículo 1.2.4.1.11 del DUT 1625 de octubre 11 2016.
Según dio a conocer Asofondos, en diciembre, el ahorro de 7,2 millones de afiliados a los fondos de cesantías alcanzó 10,5 billones de pesos, un 14 % superior al monto observado en 2016.
Los artículos 1 a 8 del Decreto 2250 de diciembre 29 de 2017 efectuaron 21 ajustes al DUT 1625 de 2016 estableciendo reglas especiales e imperfectas sobre la cedulación y otros temas del impuesto de renta de las personas naturales, novedades que fueron introducidas por la Ley 1819 de 2016.
Un trabajador que ha terminado su vínculo laboral puede realizar el retiro de las cesantías que ha ahorrado como afiliado, en su respectivo fondo. En este editorial explicamos cuál es el trámite a realizar para solicitar el pago total de las cesantías en el Fondo Nacional del Ahorro.
Las cesantías son una prestación social que se reconoce en dinero; equivalen a un salario por cada año de servicio prestado por el trabajador o a prorrata del tiempo cumplido durante la vigencia del contrato.
En 2015, los retiros de las cesantías para este fin crecieron 14,3% con respecto al año inmediatamente anterior. Terminación de contrato sigue superando otros usos como compra de vivienda o financiación de educación.
Las cesantías constituyen un auxilio para el período en el que el aportante se encuentre desempleado; por tanto, la condición de desvinculación laboral es un argumento suficiente para que el fondo ejecute la entrega de los ahorros.
El trabajador que solicite pago parcial del auxilio de cesantías para matrículas, debe verificar que la entidad de educación esté reconocida por el Estado.