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Sobre la devolución y/o compensación de saldos a favor en el impuesto sobre la renta, el Consejo de Estado se remite al numeral 1° del artículo 857 del ET. A través de la Sentencia 29111 de 2025, el Consejo de Estado confirmó que presentar de forma extemporánea una solicitud de devolución y/o compensación de saldos […]
El Estatuto Tributario –ET– contempla una sanción de aplicación general, no obstante, hace unas precisiones respecto de algunas declaraciones; además, es necesario tener presente que la sanción es menos gravosa si el contribuyente la liquida antes del emplazamiento.
Una de las consecuencias que se derivan de incumplir las fechas señaladas para la presentación de las diferentes obligaciones tributarias es que se deberá pagar la sanción por extemporaneidad. Aquí conocerás las condiciones particulares cuando se liquida después del emplazamiento.
¿Cómo se puede liquidar de forma reducida la sanción de extemporaneidad del artículo 641 del ET si el contribuyente presenta inicialmente una declaración tributaria sin la firma de contador o revisor fiscal la cual podría darse por no presentada por la DIAN?
Cuando se presentan contingencias con el portal de la DIAN o situaciones de fuerza mayor para el contribuyente, ¿el contribuyente queda exonerado de liquidar solo las sanciones de extemporaneidad o también los intereses de mora?
Hemos creado este compilatorio especial con 5 formatos en Excel para enseñarte de manera práctica la forma correcta de liquidar las diferentes sanciones ante la Dian, así como el procedimiento tributario que debes tener en cuenta para determinar el monto de cada sanción.
¡Entra y descárgalos ya!
Edición # 140 de noviembre del 2023 de la Revista ACTUALÍCESE.
El artículo 640 del ET establece las sanciones tributarias que podrán ser reducidas en un 50 % o 75 % del monto, dependiendo de quién la liquide y el período en que se cometa la conducta.
Sin embargo, existen algunas sanciones que no gozan de este beneficio. Aquí te indicamos cuáles son.
Si la declaración de renta no se entrega dentro de las fechas establecidas, se deberá liquidar la sanción por extemporaneidad definida en el artículo 641 o 642 del ET, según sea el caso.
Conoce cómo contar los meses cuando la sanción por extemporaneidad se presenta antes del emplazamiento.
El 19 de octubre de 2023 culminarán los plazos para presentar la declaración de renta de personas naturales del año gravable 2022. Si esta no se presentó de acuerdo con las fechas establecidas, se deberá calcular la sanción por extemporaneidad según los lineamientos establecidos en el artículo 641 del ET.
Las sanciones de extemporaneidad y de corrección para los contribuyentes que declaran ingresos y patrimonio tienen un tratamiento especial toda vez que estos no liquidan impuesto a cargo.
Aquí te explicamos cómo liquidar dichas sanciones.
Te compartimos una guía detallada para que lleves a buen término tu declaración de renta de personas naturales por el año gravable 2022, agotando una serie de 9 pasos explicados minuciosamente.
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