Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Qué diferencias existen entre un contrato de trabajo a domicilio y un contrato bajo la figura de teletrabajo cuando el contrato a domicilio involucra también TIC?
Por su grado de adaptabilidad, y por la renovación que supone un modelo adaptado para que los trabajadores puedan ejercer sus labores desde casa, cada vez más empresas en Colombia se están uniendo al teletrabajo. En nuestro país se triplicó el número de teletrabajadores en los últimos 4 años.
El contrato de trabajo a domicilio es un tipo de contrato especial contemplado en el artículo 89 del CST, que tiene los mismos elementos de cualquier contrato laboral y, en consecuencia, goza de todas las garantías que se hayan reconocido hasta el momento para cualquier trabajador.
Actualmente, el 20 % del total de la población mundial teletrabaja. En Colombia, en el año 2000 habían 31.000 teletrabajadores.
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
Si una persona se encuentra vinculada bajo la figura de teletrabajo y gana un salario mínimo, ¿se le debe pagar auxilio de transporte y dotación?
Es importante insistir en que, aun si no se cumplen los topes de la jornada que establece el artículo 161 del CST, siempre que se configuren los elementos esenciales de la relación de trabajo se debe pactar un contrato laboral y no un contrato de prestación de servicios.
Alejandra Ávila, Channel Development Manager de BroadSoft, afirma que el teletrabajo es una tendencia en alza y no hay razones para creer que se estancará. Para ella, la flexibilidad laboral es un factor que influye positivamente en la productividad y en la fidelización del teletrabajador.
¿La ARL está obligada a responder por los accidentes que pueda presentar una persona que está vinculada bajo la figura del teletrabajo?
Los teletrabajadores deben ejecutar su labor con los elementos tecnológicos, informáticos y logísticos de la comunicación suministrados por el empleador, desarrollando su actividad sin su presencia física. Su contratación debe ser por contrato laboral y no por prestación de servicios.
Explicamos paso a paso los puntos que una empresa del sector privado debe tener en cuenta al momento de implementar los modelos de teletrabajo, y así brindar seguridad jurídica a las partes implicadas.
El gerente general de Citrix Colombia opina que aunque la tecnología está dada y se reconocen los beneficios del teletrabajo, los empleadores tienen temor y les falta depositar confianza en los empleados cuando estos últimos buscan trabajar de forma remota.
¿Por qué los millennials prefieren el teletrabajo? Conéctese al Facebook Live del Ministerio TIC este martes 14 de febrero a las 7 p.m. y resuelva sus dudas sobre esta modalidad laboral.