Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Una propiedad horizontal se encuentra obligada a facturar electrónicamente?
Resueltas septiembre 13 de 2018
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el Concepto 28492 de 2018, en el cual concluye que la propiedad horizontal es un posible sujeto pasivo del impuesto de alumbrado público. Cabe resaltar que el consumo de energía para la iluminación de zonas comunes en unidades inmobiliarias cerradas o edificios sometidos a régimen […]
Las copropiedades clasificadas en el grupo 3 no están obligadas a aplicar las NIIF, pero sí a aplicar el Marco técnico de principios de contabilidad simplificados, contenido en el anexo tres del Decreto 2420 de 2015 y posteriores modificaciones
El artículo 56 de la Ley 675 de 2001 establece que los conjuntos de uso comercial o mixto están obligados a contar con la figura del revisor fiscal, quedando sujetos a la aplicación de los lineamientos normativos sobre los cuales se basa la administración del régimen de propiedad horizontal.
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública mediante el Concepto 507 de julio de 2017 expresa que la administración de la copropiedad es la responsable de los estados financieros y que el contador como depositario de la confianza pública, es responsable de la información contenida en estos.
Las facultades de representación, ejecución y conservación se extienden a la amplia responsabilidad que recae sobre el administrador de la propiedad horizontal. En este sentido, la Ley 675 de 2001 establece los lineamientos de obligatorio cumplimiento sobre los cuales este deberá regirse.
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Puede el consejo suspender el contrato a una administradora de una propiedad horizontal vinculada con contrato de servicios que entra a una licencia de maternidad y nombrar un administrador provisional?
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública mediante Concepto 681 de 2018, recientemente reiteró que las contraprestaciones económicas que se obtienen por la explotación de bienes comunes deben ser utilizadas en beneficio común de la copropiedad y destinadas a los gastos que determine la asamblea.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Qué aspectos fiscales deben ser considerados por una propiedad horizontal a la hora de determinar su beneficio o excedente neto luego de la entrada en vigor de la Ley 1819 de 2016?
Resueltas agosto 23 de 2018
Dentro de todos los actores que conforman la administración de la propiedad horizontal, el revisor fiscal adquiere un gran nivel de responsabilidad, considerando que sobre este recae la función de control final sobre las actividades que se ejecutan en este régimen.
Mediante la presente doctrina, el CTCP sugiere al consultante revisar el Concepto 445 de 2018, donde se concluye que, si los recursos del fondo de imprevistos son exigibles, se reconocen como ingreso en el estado de resultados y una cuenta por cobrar en el estado de situación financiera.
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública reitera que las contraprestaciones económicas obtenidas por la explotación de bienes comunes son para el beneficio común de la copropiedad, y su destino es subsanar los costos y gastos del edificio.