Las parejas heterosexuales y del mismo sexo tienen los mismos derechos pensionales. Por ello, para adquirir la pensión de sobrevivencia deben cumplir los mismos requisitos y basta con probar la relación por medio de declaraciones juramentadas, como las parejas conformadas entre hombre y mujer.
No se puede negar la pensión a un trabajador con la disculpa que este no cotizó en el fondo público los 20 años anteriores a la entrada en vigencia de la Ley 100, pues se debe tener en cuenta el tiempo laborado en una entidad oficial sin importar que sea la misma entidad o si realizó aportes a un fondo público o privado.
Cesantías y vacaciones para docentes deben ser canceladas como si hubiesen trabajado los 12 meses. También aplica lo mismo para la seguridad social, salud y pensión.
Supersociedades. Disminución de capital con efectivo reembolso de aporte, incluye el registro de un pasivo.
Cinco años es el tiempo que tiene la DIAN, contado desde el vencimiento del plazo para haber presentado la declaración de renta, y entrar a exigirle la respectiva declaración al contribuyente.
La persona colombiana no residente no podrá usar dicha tabla en el año gravable 2012 porque le corresponde usar la tarifa del 33%, nombrada en el art. 247 del E.T. Hasta el 2012 si es colombiano residente o no residente aplica la tabla, al igual que el extranjero residente.
Es importante no superar las 1.200 UVT de lo que se reciba por herencia. Si llega a tener ingresos por ganancias ocasionales aplique solamente la parte no gravada que le permite el Estatuto Tributario; la otra parte quedará como gravada.
La Corte Constitucional no habla de calamidad doméstica sino de grave. Además, por regla general un parto para sus familiares no se considera calamidad doméstica. Tampoco se le puede descontar ni exigir que reponga el tiempo.
Si el responsable de IVA en el régimen común es declarante de renta o de ingresos y patrimonio, habría que tomar en cuenta los ingresos brutos fiscales del año anterior tanto constitutivos de renta como de ganancia ocasional. Pero si no es ni declarante de renta ni de ingresos y patrimonio, habría que tomar en cuenta los ingresos brutos contables que figuren en su estado de resultados contables.
Esa es la consecuencia de que el cálculo del límite de intereses deducibles en renta del art. 118-1 del E.T. esté ligado a lo que se posea como patrimonio líquido en el año anterior. En cambio, con las personas naturales siempre habrá que efectuar el cálculo sin importar si ese año anterior lo tuvieron que declarar o no. Además, cuando sí se posea un patrimonio líquido del año anterior pero el mismo sea negativo, en ese caso ningún interés sería deducible.
Así lo dispuso el Director de la DIAN en su Resolución 0021 de febrero de 2013, pues el nuevo formulario 300 de 94 casillas solo sirve para los periodos del 2013 en adelante.
El siguiente artículo que hace parte de una extensa entrevista hecha en el Reino Unido por funcionarios del ICAEW (entidad certificadora en NIIF) y que fue autorizada para difundir únicamente en Colombia a través de IFRS Masters.