Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Ley 43 de 1990.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Proceso de convergencia.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Propiedad Horizontal ESFA.
Por ley, el Contador Público no puede asumir más de cinco revisorías de sociedades por acciones, por lo que no podría asumir una sexta en calidad de suplencia ni temporal o definitiva.
Existe información contable cuyos saldos detallados presentan inconsistencias. Aunque esto no afecta las exigencias de las NIIF, pues ellas se concentran en los Estados Financieros, a nivel de control del detalle de la información y la calidad de ésta, se hace necesario solucionar errores de procedimiento.
El año pasado un total de 1’872.482 colombianos accedieron por primera vez al sistema financiero. En los últimos cuatro años, las cuentas de ahorro han mostrado un crecimiento de 7,4%, lo que equivale a un promedio de tres millones de cuentas nuevas por año, sumando un total de 51,2 millones al cierre del 2013.
El próximo martes 22 de julio iniciamos con nuestro siguiente evento ECO: el Taller Práctico para la preparación de los formularios 110, 210, 230 y 240 cuya primera parada será en Bucaramanga. El Dr. Diego Guevara Madrid será el encargado de este evento que tiene como finalidad poner en práctica todos los conocimientos adquiridos por […]
El art. 4 del Decreto 0629 de marzo 26 de 2014 fijó en 4,07% la tasa anual para calcular los intereses presuntivos durante el 2014 sobre los préstamos en dinero de la sociedad a los socios y accionistas, o de estos a la sociedad. El cálculo del interés que se debe reconocer como presuntivo solo sumaría en la declaración anual del impuesto normal de renta, pero no sumaría en la declaración anual del impuesto para la equidad, CREE. Así lo confirmó la DIAN en su Concepto 11801 de febrero de 2014. Con este modelo se puede determinar si al finalizar el año gravable 2014 las sociedades o socios tendrán que reflejar o no en sus declaraciones de renta los intereses presuntivos sobre los préstamos en dinero que se hayan realizado entre sí.
Por medio de la cual se reforma el código de comercio, se fijan normas para el fortalecimiento de la gobernabilldad y el funcionamiento de las cámaras de comercio y se dictan otras disposiciones
Por el cual se extiende el tratamiento de que trata el artículo 437-4 del Estatuto Tributario ( retención para venta de chatarra y otros bienes al sector de fabricación de fibras sintéticas y artificiales)
A través del art. 31 de la Ley 1727 de julio 11 de 2014 se dispuso que los comerciantes y entes jurídicos que lleven más de 5 años sin renovar su matrícula mercantil, solo tendrán plazo hasta julio de 2015 para ponerse al día, pues de lo contrario a las sociedades las declararán en disolución y liquidación, y a los comerciantes personas naturales les cancelarán su matrícula mercantil. Este mismo tipo de depuración de los inscritos en Cámaras de Comercio ya se había ordenado en la Ley 1429 de 2010.
Da claridad en la definición de ciertos conceptos, en el cálculo de ingresos para la clasificación de las categorías tributarias de las personas naturales, y en la aplicación de la retención en la fuente mínima para empleados de que trata el artículo 384 del Estatuto Tributario.