Existen instrumentos de control por parte del Estado y del sujeto pasivo. Por parte del Estado hay programas de fiscalización como el Régimen sancionatorio del Procedimiento Tributario, establecido entre los arts. 634 y 682 del E.T. administrado por la DIAN.
En primera instancia comentar que dado el cronograma que se tiene previsto para las Entidades durante el año de la transición, donde además de la preparación del Estado Financiero de apertura, la adecuación de los sistemas de información para la preparación y presentación de Estados Financieros bajo NIIF a partir del 01 de enero de 2015 y sumado al proyecto de modificación de plan contable (PUC) que está promoviendo la Superintendencia Financiera de Colombia, pensar en el desarrollo de un nuevo libro fiscal, consideramos que estamos a tope para afrontar nuevas responsabilidades de reporte.
Congreso de Colombia. Por la cual se sustituye el contenido del artículo 128 de la Ley 769 de 2002 – Código Nacional de Tránsito Terrestre.
Congreso de Colombia. Por la cual se deroga la Ley 1157 de 2007 con relación a la elección directa de Parlamentarios Andinos y se dictan otras disposiciones.
DIAN. Condición especial para el pago de impuestos, tasas y contribuciones.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Beneficios a empleados bajo IFRS para PYMES.
DIAN. Servicio de telefonía móvil prepago.
Los empleadores tienen derecho a escoger quienes van a pertenecer a sus empresas, por ello, tienen la potestad de establecer requisitos que deben cumplir los aspirantes para ser contratados. A lo que no están obligados es a exhibir los resultados de la etapa de selección, pues se trata de un proceso privado de la empresa, siempre que se realice sin discriminación alguna.
El tiempo que un empleado se demore poniéndose o quitándose la dotación no hace parte de la jornada laboral. Las labores deben comenzar y terminar en el horario establecido por la empresa. Por tal motivo es recomendable llegar minutos antes para que usted realice actividades, que en ocasiones, no tienen nada que ver con su jornada laboral.
En los arts. 335 y 341 del E.T. no se dijo nada sobre lo que sucedería si los formularios 230 y 240 no arrojan saldo a pagar sino a favor. Surge la pregunta ¿el declarante podría esperar que la declaración quede en firme dentro de los 6 meses siguientes a su presentación y luego iniciar el proceso para hacer la solicitud de devolución o compensación del dicho saldo a favor?
La idea es que las ARL tengan tiempo suficiente para finalizar las pruebas de cargue y descargue de información, y hagan los ajustes que requiere la implementación de la medida.
El Decreto 1377 de 2013 precisó que el tratamiento de datos personales se debe formalizar mediante contrato suscrito entre el responsable y el encargado de tal actividad; y determinó que el primero responde por los daños causados a los titulares de los datos personales por el inadecuado tratamiento.