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¿Cómo deben evaluar las personas naturales del régimen simple si quedan o no obligadas a presentar información exógena del año gravable 2021?
¿Qué importante novedad trae el reporte de información exógena año gravable 2021 que entregarán los fondos de cesantías?
La próxima reforma tributaria debe analizar la progresividad en el impuesto de renta de las empresas.
En Colombia, las empresas pequeñas pagan tasas iguales a las de grandes conglomerados.
Es hora de revisar todos los beneficios tributarios, como se hace en países con sistemas tributarios progresivos.
De acuerdo con lo indicado en su Resolución 000105 de noviembre 23 de 2020, antes de que finalice el 2022 la Dian deberá actualizar su listado de grandes contribuyentes utilizando para ello, principalmente, los datos que hayan quedado consignados en las declaraciones de renta del año gravable 2021.
Según el parágrafo 3 del artículo 1.2.4.1.17 del DUT 1625 de 2016, modificado con los decretos 1808 de 2019 y 359 de 2020, las personas naturales no comerciantes no practican retención en la fuente sobre salarios
Lo anterior aplica sin importar si pertenecen al régimen ordinario o al SIMPLE.
Hace muchísimo tiempo sostuvimos que la intervención tributaria se convertiría en el dolor de cabeza de los revisores fiscales. Ahora que es así, ya es tarde.
Igual nos sucedió con las advertencias sobre las entidades con participación del Estado que hoy son causa de desgracia.
La Ley 2069 de 2020 introdujo una serie de modificaciones a las deducciones y descuentos tributarios aplicables a la declaración de renta del año gravable 2021.
Conoce aquí en qué consisten estos ajustes y como impactan a la declaración de renta que deberá ser presentada durante el 2022.
Las Esal que cumplan con los requisitos del artículo 19 del ET podrán solicitar su calificación en el régimen tributario especial y acceder a los beneficios tributarios que este ofrece.
En el proceso de calificación es necesario tener en cuenta algunos aspectos para lograr pertenecer a este régimen.
De acuerdo con el calendario tributario establecido mediante el Decreto 1778 de 2021, los grandes contribuyentes deben reportar la información exógena desde el próximo 26 de abril, de acuerdo con el último dígito del NIT, y las demás entidades desde el 10 de mayo. Te lo explicamos en este curso.
Consultorio tributario sobre la información exógena del año gravable 2021. Resuelve todas tus dudas con el Dr. Diego Guevara Madrid.
¿En el formato 1001 de exógena año gravable 2021 cuántos conceptos diferentes se utilizarán para reportar los intereses causados y/o pagados?
Si un contribuyente corrige el reporte de información exógena antes de que venza el plazo para presentarla, ¿se encuentra obligado a liquidar la sanción por corrección?