En fecha mayo 11 de 2006 la Supersociedades decidió suspender su exigencia de Estados Financieros de los periodos trimestrales del 2006 a sus sociedades vigiladas. En este editorial estudiamos las razones que motivaron tal decisión y las demás consecuencias importantes que se desprenden para nuestra profesión ante este panorama de exigencia de información financiera por parte de los entes de control.
Por la cual se adopta el contenido del Formulario Unico o Planilla Integrada de Liquidación de Aportes.
En la lectura de la resolución 10147 de octubre de 2005 expedida por la DIAN, y mediante la cual se señala cual es la
información que en virtud de lo indicado por el art.631 del ET se hace exigible para el año gravable 2005, dicha norma nos indica que todas las entidades publicas también deben suministrar por lo menos una parte de toda la información exigida con tal resolución. En este editorial te explicamos cuales son exactamente las entidades publicadas obligadas a suministrar información, cual es la información que se les exige, el plazo y la forma de hacerlo al igual que las consecuencias de no hacerlo.
En fecha mayo 26 de 2006 muchas Personas Naturales y Juridicas deben cumplir con su obligación de presentar la Declaracion
del impuesto al patrimonio 2006. En este editorial repasamos quienes son los obligados a presentar tal declaracion, algunos detalles sobre la forma de hacerlo en el caso de los que presentan declaraciones por vía electrónica, pero hacemos un especial énfasis en cómo se la DIAN liquidaría la “sanción por no declarar” en este tipo de declaraciones.
Ya han pasado mas de 4 meses cuando desde nuestro portal hicimos una “carta abierta a la DIAN” en la cual pusimos en conocimiento de dicha entidad varios de los vacíos interpretativos que se detectaban al leer algunas de las resoluciones que la DIAN expidió en octubre de 2005 (resoluciones 10141 a 10149) y que regulan la información exógena que se solicitó a las
personas naturales y jurídicas por el año gravable 2005.
En este editorial llamamos la atención a la importancia que tendría el que la DIAN, antes de los vencimientos para hacer los reportes y que están ya muy cercanos, diera a conocer su posición sobre tales vacíos.
Una vez más, y como ha sido costumbre en los años más recientes, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, al aproximarse las fechas para el vencimiento de los plazos de entrega de reportes con información en medios magnéticos del año
gravable 2005, ha decidido, mediante la resolución 03859 de abril 24 de 2006 modificar tales plazos y hasta exigir otras formalidades para su entrega. Enterate del resumen de los más importantes cambios que tal resolución introduce.
En fecha abril 24 de 2006 la DIAN expidió su resolución 3859 mediante la cual introduce importantes modificaciones a las pautas que inicialmente se habían dado en la resolución 10147 de oct.de 2005 y que hacen referencia al suministro de información en medios magnéticos del año 2005 que deben suministrarle dentro de pocos días todas aquellas personas o entidades que durante el año 2005 actuaron como agentes de retención en la fuente (a título de renta y a título de IVA al
régimen común). Aquí te explicamos cómo afecta esta resolución a todos los que fueron agentes de retención durante el 2005
Para las personas naturales que por estas fechas, y hasta el 22 de mayo de 2006, se encuentran en el proceso de cumplir con la obligación fiscal de presentar su declaración de renta por el año gravable 2005 les conviene conocer lo que la DIAN, en su
concepto 18799 de marzo 3 de 2006, indicó respecto de uno de los requisitos que obligan a presentar tal declaración. Aquí te aclaramos las importantes consecuencias que se desprenden de este concepto, e incluso cómo tiene relación hasta con los requisitos para poder pertenecer al Régimen simplificado del IVA
Estados financieros intermedios que son exigidos a partir de este año en el mes de Mayo de 2006 .
Prorroga la entrada en vigencia y se modifica la Resolución 634 de 2006 mediante la cual se adoptó el contenido del Formulario Único o Planilla Integrada de Liquidación de Aportes.
En fallo de marzo de 2006 el Consejo de Estado estableció que los activos meramente gerenciales, y que no participan directamente en la generación de la renta del contribuyente, no dan derecho al beneficio de la deduccion especial del 30% en la declaracion de renta a que se refiere el art.158-3 del ET. Enterate de las importantes consecuencias que se desprenden de este fallo.
Por estas fechas, en la mayoría de los departamentos de Colombia, los propietarios de vehículos particulares se hayan en la tarea de preparar su declaracion anual del impuesto de vehículos por el año fiscal 2006. Enterate de cual es la normatividad que sustenta este impuesto y navega por el link oficial a través del cual podrás efectuar ejercicios de la liquidación de este importante tributo.