Respuesta de Juan David Maya a la pregunta en entidad del grupo 2
¿Qué tercero se debe utilizar para efectos de contabilizar las provisiones de las prestaciones sociales?
Toda entidad debe tener claridad sobre las obligaciones laborales a las cuales está sujeta, sea grande o pequeña, pues su incumplimiento puede acarrear graves sanciones ante entidades como el Ministerio de Trabajo y la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP–.
El área de una empresa encargada del manejo de la nómina debe tener claros los principios constitucionales del derecho laboral; aspectos claves del salario; las características técnicas relacionadas con la legislación laboral frente a la elaboración de la nómina, entre otros temas.
Se aproxima el cierre del año 2018 y con ello la necesidad de que los empleadores y los responsables de la nómina en las organizaciones atiendan los requerimientos normativos acerca de las obligaciones laborales inherentes a su elaboración.
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Cómo se liquidan las prestaciones sociales cuando un trabajador ha tenido durante el último año un salario variable?, ¿cómo se liquidan cuando al trabajador se le incrementó su salario a partir del segundo semestre del año?
El auxilio de transporte es una prestación económica concedida al trabajador que devenga menos de dos smmlv; cuando el salario es aumentado de forma retroactiva no hay lugar a la devolución ni descuento de ningún concepto, por ser una situación ajena a la voluntad del empleado.
El Ministerio del Trabajo trae a colación el artículo 197 del Código Sustantivo del Trabajo, en el cual se estipula que los trabajadores tienen derecho a las prestaciones y garantías que le correspondan, sea cual sea la duración de su jornada laboral (permanente o por días).
Por otra parte, los empleadores están obligados a afiliar al sistema de pensiones, riesgos laborales y subsidio familiar a los trabajadores que laboran por días, con una base de cotización mínima semanal, conforme a lo estipulado en el Decreto 2616 de 2013, compilado en el Decreto 1072 de 2015. De igual forma la norma indica que la afiliación será responsabilidad del empleador, el cual deberá realizar los recaudos a los aportes del sistema de riesgos laborales a través de la PILA.
La ley establece que el auxilio de transporte no constituye salario, por esta razón no debe tenerse en cuenta para el cálculo de prestaciones sociales ni parafiscales durante la vigencia del contrato. Reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia hizo importantes precisiones al respecto.
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Se debe pagar seguridad social, aportes parafiscales y prestaciones sociales sobre el valor recibido por concepto de una indemnización laboral?
Los intereses sobre cesantías, al igual que los rendimientos provenientes de aportes realizados a fondos de pensiones voluntarias, deberán incluirse en la cédula de rentas de capital, de acuerdo con el sistema de determinación de impuestos sobre la renta y el Concepto 0912 de 2018 de la Dian.
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia concluyó que resulta razonable tener el auxilio de transporte intermunicipal como factor salarial para efectos de la liquidación de prestaciones sociales, dado que en este caso en particular ha sido establecido como un pago convencional habitual.
La Sala Laboral concluyó que, tratándose de los factores salariales a considerar para efectos de liquidar prestaciones sociales o para establecer el ingreso base de liquidación de pensiones de orden extralegal, el término devengado ha sido entendido como sinónimo de causado.