Aunque ya finalizó el año 2014, solo hasta esta época es que los departamentos contables de las compañías empiezan a programarse para llevar a cabo el cierre contable y fiscal del año 2014. En esta guía encontrará un paso a paso de lo que deben realizar para evitar correcciones futuras y reproceso en esta importante función dentro de nuestras labores contables.
Contaduría General de la Nación. Por medio de su Circular 001 del 20 de enero de 2015, la Contaduría General de la Nación recordó que se encuentra en discusión la propuesta de estructura, descripciones y dinámicas del Catálogo General de Cuentas que le será aplicable a las empresas públicas que se encuentran en el año 2015 en proceso de transición al nuevo marco normativo bajo estándares internacionales.
Superfinanciera. La Superintendencia Financiera decidió otorgar un plazo adicional para clasificar los negocios fiduciarios que prepararán sus estados financieros bajo cada uno de los nuevos marcos normativos de información Financiera.
El Alcalde del Municipio de Leticia dio a conocer el Decreto 0093 de diciembre 22 de 2014, en el cual se presenta el calendario tributario con vigencia fiscal para el año 2015.
El pasado 01 de diciembre de 2014 la Superintendencia de Sociedades dio a conocer la Circular Externa No. 201-000011 por medio de la cual indica quién, cómo y cuándo se debe presentar a la entidad los estados financieros correspondientes al año 2014.
La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales cada día ha venido adquiriendo más fuerza en las diferentes empresas, no solo para personas jurídicas, también para personas naturales. Aunque la UGPP fue creada desde 2007 a través de la Ley 1151, muchos solo hasta ahora la han venido a conocer, a veces solo hasta cuando inicia el proceso dentro de la compañía.
DIAN. Aclaración sobre algunas inquietudes relacionadas con el tema de asociaciones sin ánimo de lucro.
El Estatuto Tributario de Cali establece que la retención de ICA será bimestral, comenzando con el bimestre «abril – mayo» de 2015.
Alejandro Vera Sandoval, Vicepresidente de la Asociación Nacional de Instituciones Financieras, ANIF, piensa que el Impuesto a la Riqueza y el 4×1.000 son totalmente antitécnicos. De igual manera, afirma que el CREE en sí no es malo, pero no ve con buenos ojos que los recursos de éste fueran atados de forma específica al Sena, ICBF y Salud. Dialogamos con él.
A continuación presentamos las novedades, que por este año 2015, presentan los formularios que se utilizarán para declarar el IMAS, la Retención en la Fuente a título de Renta, IVA y Timbre, las autorretenciones a título del CREE, y para realizar pagos en los bancos.
Por medio de la Resolución 000267 de diciembre 30 de 2014 se efectuaron actualizaciones a la lista única de Grandes Contribuyentes que se había fijado en la Resolución 0041 de enero 30 de 2014.
Cuando una persona natural fallece, su cónyuge, hijos, padres o simplemente los herederos asumen que las responsabilidades fiscales, comerciales, financieras y tributarias terminan. En ocasiones sucede de esta manera, pero no siempre será igual para los contribuyentes.