Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Carta Circular 06 de 20-01-2015


Actualizado: 20 enero, 2015 (hace 9 años)

Superintendencia Financiera
Carta Circular 06
20-01-2015

Referencia: Modificación de la Carta Circular 01 de 2015, en relación con la inclusión de un campo en el Módulo de Registro de Negocios Fiduciarios para la clasificación de los negocios de acuerdo al marco contable en el que deben reportar.

Respetados Señores:

En atención a que entidades fiduciarias han venido analizando en el Comité Técnico Contable del sector, la clasificación de los negocios fiduciarios conforme a los requerimientos establecidos en la Carta Circular 01 de 2015, en especial con mayor detenimiento los negocios fiduciarios que serían clasificados como del Grupo 2 y Grupo 3, evidenciando en ese caso que dichos grupos presentan la mayor cantidad de negocios que se deben analizar a la luz del cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 3022 de 2013 y en el Decreto 2267 de 2014, se considera oportuno otorgar un plazo adicional para clasificar los negocios fiduciarios que prepararán su información financiera bajo cada uno de los marcos normativos indicados en la Carta Circular 01 de 2015.

Teniendo en cuenta el proceso de actualización a ejecutar por parte de las entidades, se otorga como plazo máximo el próximo 13 de febrero de 2015, fecha a partir de la cual se deshabilitará la opción de modificación. Cualquier cambio en este campo con posterioridad a la fecha antes indicada deberá ser solicitado mediante comunicación suscrita por el Representante Legal de la entidad, en la cual se sustenten las razones que justifican la modificación.

Cualquier aclaración al respecto con gusto será atendida en el teléfono 5940200 Ext. 3006, 3007, 3008 y 3011.

JUAN CARLOS BONILLA B.
Superintendente Delegado para Pensiones, Cesantías y Fiduciarias

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,