En esta herramienta se han incluido, de acuerdo con los diferentes impuestos nacionales, una serie de tablas en las que se recopilan los valores absolutos, porcentajes y demás datos básicos que se deberán tener presentes a la hora de elaborar declaraciones tributarias y reportes durante 2015.
Los activos omitidos son aquellos bienes muebles o inmuebles, dinero efectivo, cuentas bancarias, CDT, inversiones, etc., que los declarantes de renta ocultan. Dejan de mostrar en dicha declaración para que así de esta manera no se les eleve el patrimonio bruto y convertirse en contribuyente o sencillamente pagar a su vez un menor impuesto de renta.
Cada vez son más las personas naturales comerciantes que cumplen con los requisitos para diversas obligaciones tributarias y desafortunadamente lo hacen de forma indebida ya que por dar cumplimiento en fechas a dichas obligaciones olvidan los antecedentes necesarios para llegar a las mismas.
Es un tributo que se calcula individualmente a personas naturales y personas jurídicas, tomando como base no los ingresos o movimientos bancarios, sino el patrimonio. En Colombia el tratamiento fiscal que se le dará a este impuesto creado en la Ley 1739 de diciembre 23 de 2014, última reforma tributaria, será muy similar al que conocimos como Impuesto al Patrimonio, que precisamente cuando pensábamos que ya había finalizado el Gobierno creó este nuevo Impuesto a la Riqueza.
De acuerdo con el nuevo artículo 258-1 del E.T., creado a través del artículo 67 de la Ley 1739 de 2014, las personas jurídicas declarantes de renta tendrán derecho a tomar hasta 2 puntos del IVA de los bienes de capital que adquieran durante el año y tratarlos al final del mismo como un “descuento” en el impuesto de renta. Esta nueva norma se encarga de reemplazar el beneficio de características similares que estuvo contenido en el artículo 498-1 del E.T., el cual había sido creado con la Ley 1607 de 2012, pero que fue derogado con la misma Ley 1739.
Quienes estando obligados aún no hayan presentado las diferentes declaraciones de impuestos nacionales y no hayan recibido aún emplazamientos para declarar, podrán acudir a las sedes de la DIAN para lograr el beneficio de solo pagar el impuesto y ahorrarse el 100% de las sanciones y los intereses. Entre los que se pueden beneficiar figurarían las 170.000 personas naturales que no presentaron la declaración de renta año gravable 2013.
El empleador está obligado por disposición del Código Laboral a distribuir la jornada de trabajo en dos secciones, cuando se labora jornada diaria máxima, dándole un descanso entre cada una al trabajador para que este pueda descansar y alimentarse, cualquier descanso diferente a este, es voluntario o potestativo del empleador.
El 14 de enero el Ministerio de Trabajo, por medio del Decreto Reglamentario 060, postergo los plazos que han sido establecidos para que los corredores de seguros, las agencias y agentes de seguros acrediten los requisitos en materia de idoneidad profesional e infraestructura humana y operativa y se registren en el Registro Único de Intermediarios -RUI.
Supersociedades. Ley 1527 de 2012.
Supersociedades. La Superintendencia de Sociedades indica que no es posible que una corporación o fundación realice un proceso de transformación a la sociedad antes de su disolución; igualmente, en cuanto a las entidades sin ánimo de lucro, la Ley 454 de 1998, que determina el marco conceptual de la economía solidaria, indica que a ninguna persona jurídica sujeta a la misma le está permitido transformarse en una sociedad mercantil.
Supersociedades. Libro de registro de socios en formato digital.
Con el propósito de ampliar el acceso del público en general a nuevos servicios financieros, el Gobierno a través del Decreto 0034 del 14 de enero de 2015 incluyó a las compañías aseguradoras dentro del listado de entidades que pueden prestar servicios por medio de los corresponsales bancarios.