Los bares y restaurantes que hasta el 2016 funcionaban bajo franquicias y que solo eran responsables de IVA, a partir de enero de 2017 dejaron de ser responsables de dicho impuesto y solo deben cobrar el INC. Por tanto, surge la duda ¿qué puede hacer un restaurante que hasta el 2016 formó un saldo a favor en el IVA si ya no puede seguir presentando declaraciones de IVA y si dicho saldo a favor es de los que no se puede pedir ni en devolución ni en compensación?
Una persona natural en el 2011 presentó la declaración de renta, pero tiene que efectuar una corrección. Si la persona tiene un saldo a favor, ¿cuál sería el proceso para determinar el valor a pagar?
Resuelta en febrero 23 de 2017
Tras la aprobación de la reforma tributaria estructural, ante la improcedencia de alguna devolución y/o compensación de un saldo a favor se aplicará una sanción equivalente al 10% o 20% del valor devuelto o compensado en exceso; el tiempo para imponer esta sanción es de tres años.
¿Cómo puede un contribuyente que en 2017 es responsable de impoconsumo descontarse un saldo a favor en IVA a diciembre 31?
Resuelta en febrero 16 de 2017
Los numerales 4 a 6 del nuevo artículo 290 del ET, creado con el artículo 123 de la Ley 1819, contienen las instrucciones sobre lo que se podrá hacer en los años gravables 2017 y siguientes con aquellos valores por pérdidas líquidas y excesos de base mínima que no alcancen a ser compensados en las declaraciones del CREE del año gravable 2016. También contienen la instrucción de lo que se podrá hacer con el posible saldo a favor que se llegue a formar en esas mismas declaraciones. Se puede sustentar que las dos fórmulas que figuran en los numerales 4 y 5 del artículo 290 del ET quedaron mal diseñadas.
Un saldo a favor en la declaración de renta del año gravable 2015 puede compensarse con los saldos a pagar en IVA. Sin embargo, pueden incurrir en prisión quienes no consignen las sumas por concepto de IVA dentro de los dos meses siguientes al vencimiento del plazo para declarar.
DIAN. En el cual se brinda claridad sobre el rechazo de solicitud de devolución o compensación presentada por el contribuyente que realiza actividad de transporte público de pasajero, o de carga.
DIAN. La DIAN tiene la facultad de desconocer las expensas necesarias que originen un saldo a favor y las solicitudes de devolución o compensación correspondientes, cuando las mismas provengan de conductas típicas consagradas en la ley como delito sancionable a título de dolo.
A continuación se presentan 9 respuestas a preguntas frecuentes sobre la firmeza de las declaraciones tributarias, en este sentido es necesario tener en cuenta que el artículo 714 del ET, modificado por el artículo 277 de la Ley 1819 de 2016, regula sobre el término general de firmeza.
Los contribuyentes que hayan realizado pagos en exceso o de lo no debido tienen cinco años para solicitar ante la DIAN su respectiva devolución o compensación. A continuación damos a conocer los requisitos necesarios para realizar dicha solicitud, así como el proceso que debe seguirse.
¿Deben liquidarse intereses de mora por cada declaración bimestral de IVA de 2016 pendiente de pago, aunque se esté en el proceso de solicitud de compensación de saldos a favor en renta por 2014 y 2015?
Contestada en enero 12 de 2017
Para determinar si hay lugar a efectuar devoluciones a favor del contribuyente, lo primero que deberá verificar es si se configuró un pago en exceso o de lo no debido, teniendo en cuenta las pautas contenidas en la jurisprudencia del Consejo de Estado y verificando frente a cada impuesto y período concreto las circunstancias en las que se realizó el pago y la situación del predio en cada año.