Ministerio de Transporte. Por la cual se establece la base gravable de los vehículos de carga y colectivo de pasajeros, para el año fiscal 2014.
Ministerio de Transporte. Por la cual se establece la base gravable de los vehículos de carga y colectivo de pasajeros, para el año fiscal 2014.
DIAN. Por medio del cual se aclara que las bases especiales que se tienen en cuenta para la retención en la fuente a título de renta se pueden tomar para liquidar la autorretención en CREE.
Examinamos detenidamente los artículos del Decreto 2701 de 2013 que describen diversos puntos relacionados sobre los ingresos que hacen parte de la base del CREE.
A continuación, brevemente, detallamos cuáles son los entes jurídicos que son los únicos sujetos pasivos del Impuesto de Renta para la Equidad, CREE. Puntos a tener en cuenta por las sociedades y demás entes jurídicos nacionales y extranjeros.
Entre el 21 de noviembre y el 30 de diciembre de 2013, la DIAN llevará a cabo su concurso «La factura te premia», con el cual se busca controlar que durante esa época del año las personas naturales compradoras se interesen en exigir las facturas o documentos equivalentes a factura, por los diferentes bienes o servicios que adquieran. Podrán participar en el sorteo de 15 automóviles cero kilómetros libre de impuestos.
Si el Decreto 2701 de noviembre 22 de 2013 no permite restar en el CREE las “expensas necesarias” tales como un arrendamiento o servicio público, le tocaría entonces al Ministro de Hacienda sacar otro decreto o a la DIAN pronunciarse con un concepto para que eso sea posible. Pero si se atreven a hacerlo, las que podrían reclamar serían las entidades como el SENA, ICBF, EPS, las universidades públicas, el Sisben y hasta el sector agropecuario, pues el recaudo del CREE se afectaría y con ello los recursos de esas entidades.
La DIAN cometió errores en la redacción de la resolución y su anexo técnico, los cuales ya son evidentes para quienes hemos empezado a estudiar la norma. Destacamos 7 de estos errores, los cuales implican que la DIAN tenga que corregir tanto la Resolución 228 como el anexo técnico. El problema radica en que estos ajustes deben hacerlos antes de que se cierre el primer bimestre del 2014, pues si un ente jurídico se liquida durante el año 2014, antes de cancelar su RUT le pedirán los reportes por fracción de año 2014 que le correspondan.