Fechas de presentación y pago de obligaciones tributarias nacionales, listo para descargar.
Departamento del Vaupés. Por Medio del cual se Concede unos incentivos tributarios por pronto pago a los contribuyentes de los impuesto de industria y comercio y sus complementarios de Avisos y Tableros y el Impuesto predial para la vigilancia 2014, y se establece el calendario tributario para vigencia 2015.
El contador que pueda dar fe de la manipulación contable por parte del Revisor Fiscal de la empresa, en las cifras que se reflejarán en los Estados Financieros, deberá denunciarlo ante la Junta Central de Contadores dentro de los tres años siguientes a la fecha en la cual se presentó la irregularidad, para que dicha entidad pueda imponer la respectiva sanción.
Así al revisor fiscal se le haya terminado el contrato en el papel, pero sigue ejerciendo sus funciones porque no lo han revocado o nombrado a otro, esa persona tiene derecho a seguir presentando cuentas de cobro, y si no se las pagan podrá presentar las acciones judiciales.
El 45,6% de los funcionarios están dispuestos a denunciar ante sus superiores los actos de corrupción. Sin embargo, se respira en el ambiente temor ya que podrían recibir represalias. Ausencia de valores éticos, principal causa de prácticas irregulares.
Dialogamos con el ex miembro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, Jesús María Peña Bermúdez, sobre la polémica que desde noviembre del año pasado nació por la posibilidad de que la Revisoría Fiscal desaparezca en Colombia. Asegura que una cosa es que hayan Contadores que no sepan ejercer la Revisoría Fiscal y otra es que se pretenda asimilar dicha figura a la Auditoría Financiera, que es una de las funciones que debe cumplir el Revisor Fiscal.
En las entidades pertenecientes al sector privado, la norma establece que la elección del revisor fiscal la debe hacer el máximo órgano social, ya sea este la Asamblea General de Accionistas, Junta de Socios, Asamblea de Copropietarios, Asamblea de Asociados, etc., sin que para ello, sea necesario realizar un convocatoria, salvo en los casos en lo que por disposición estatutaria se haya establecido que antes de elegir al revisor fiscal de la entidad, se debe hacer un aviso público y analizar varios horas de vida antes de la elección del mismo.
En Colombia, la revisoría fiscal cuenta con un largo recorrido institucional, caracterizado por algunos momentos clave que marcaron el camino de la misma. Esta figura inició su estructuración legislativa en 1931, cuando tuvo nacimiento jurídico con la expedición de la Ley 58. Aunque el objetivo principal de dicha ley era el de crear la Superintendencia de Sociedades Anónimas, con ella se establecieron también las limitaciones e incompatibilidades de quien ejerciera como revisor fiscal, señalando aspectos como los grados de afinidad y consanguinidad, y la prohibición a tener titularidad sobre acciones de la sociedades que fiscalizaba.
La auditoría financiera tiene como objetivo revisar y examinar los estados financieros de una entidad con el fin de establecer su razonabilidad, y de esta manera aumentar la utilidad de la información que los mismos poseen. Esta labor debe ser realizada por parte de un contador público, diferente de aquel que preparó la información contable plasmada en los mismos.
En términos generales y de acuerdo con el Banco de la República, el DTF “es el promedio ponderado de las tasas de interés de los CDT de captación a 90 días ofrecidas por el sistema financiero colombiano”. Para realizar el cálculo es necesario tomar la tasa de interés ofrecida por cada una de entidades financieras y multiplicarla por los dineros captados por las mismas, sumar todos los resultados obtenidos y dividirlos por los recursos captados por todas las entidades, es decir:
Los Certificados de Depósito a Término conocidos por su siglas como CDT, son títulos valores emitidos por una entidad financiera que se constituyen con un depósito de dinero hecho por un cliente de la entidad. Dentro de las características de los CDT se cuentan:
La interventoría de cuentas es una técnica empleada en la revisoría fiscal para examinar de manera integral y permanente las operaciones y los procesos contables y financieros de una entidad, reuniendo con dicho examen elementos de juicio que permitan al revisor fiscal emitir un informe de la respectiva entidad.