El siguiente es un cuadro resumen obtenido luego del análisis de quienes aplicarán cada estándar:
* Es Matriz o Subsidiaria de empresa Nacional o Extranjera que aplica NIIF Plenas
* Realiza Negocio o Control Conjunto con empresa Extranjera que aplica NIIF Plenas
DIAN. La exclusión del Impuesto a las ventas no corresponde a la forma legal en la que se haga el contrato sino al tipo de bienes que se vendan, así pues según la DIAN, estará sometida al impuesto toda venta de bienes que no correspondan a los previstos en el artículo 424 del Estatuto Tributario; de igual forma pasará con los servicios no excluidos.
Diversas circunstancias económicas internas y externas podrían justificar una reforma tributaria que sería necesaria para que el gobierno central pueda cumplir con sus deberes y obligaciones. Existen diferentes opiniones entre las agremiaciones del país con respecto a este tema.
Guía de Aplicación por primera vez para NIIF de Pymes Grupo 2. La guía es un documento de 251 páginas donde a partir de la 47 se ilustra con un ejercicio la forma cómo una entidad haría los ajustes a cada una de sus partidas del Balance General a diciembre 31 de 2014, para convertirlo en el Estado de Situación Financiera bajo NIIF de Pymes a enero 1 de 2015.
El cargo de administrador es de libre nombramiento y remoción, y no se se necesita justificar para revocar el mandato. No presentarse a la auditoría es un grave error ya que le pueden interponer una demanda civil.
En los últimos cuatro años las cuentas de ahorro han mostrado un crecimiento del 7.4%, lo que equivale a un promedio de tres millones de cuentas nuevas por año, sumando un total de 51.2 millones al cierre de 2013. Se considera una cuenta inactiva aquella que no registra ninguna clase de movimientos en los últimos seis meses a la fecha de la medición.
El Revisor Fiscal debe velar porque se cumplan las disposiciones de la ley y los estatutos de la P.H., y las decisiones del máximo órgano social a quien representa. Quien hace el proyecto de borrador del presupuesto en el año es el administrador junto con los miembros del consejo de administración si lo hay.
La legislación colombiana ha establecido un cronograma para la preparación y adopción de las normas internacionales. En el caso de las microempresas, quienes deberán aplicar el Marco Técnico Normativo de Información Financiera expresado en el Decreto 2706 de 2012, deberán cumplir un cronograma de compuesto por 5 momentos:
De acuerdo a las instrucciones impartidas por el Consejo Técnico de Contaduría Pública – CTCP en el Direccionamiento Estratégico mediante el cual se establecían directrices para la convergencia de las Normas Internacionales de Información Financiera a la normatividad colombiana, se clasificó a los usuarios y preparadores de la información en tres grupos: Grupo 1, Grupo 2 y Grupo 3.
El 27 de Diciembre de 2013 el Gobierno nacional expidió el Decreto 3022, a través del cual estableció el marco técnico normativo para las empresas pertenecientes al Grupo 2 (medianas y pequeñas empresas) y que por ende, deben aplicar las NIIF para Pymes. Dentro de este mismo decreto, se establecieron los parámetros que deben cumplir las empresas que se ubiquen en este grupo, a saber:
Dentro de los Estándares Internacionales, se establecieron las NIIF Plenas, aplicadas a las grandes empresas y NIIF para Pymes, aplicadas a las medianas y pequeñas empresas, pero dentro de las mencionadas normas no se contemplaron las Microempresas, las cuales son abundantes en Colombia.
DIAN. Reconocimiento fiscal por pagos efectuados a través de medios bancarios.