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El CTCP indica en el Concepto 0303 del 27 de mayo de 2022 que elaborar el presupuesto y los estados financieros son dos temas completamente diferentes; en el presupuesto se incluyen las entradas y salidas de efectivo estimadas, que pueden diferir con las registradas en contabilidad.
El CTCP explica en el Concepto 0283 del 19 de mayo de 2022 aspectos sobre el reconocimiento de las cuentas por cobrar para las copropiedades del grupo 3. También indica el tratamiento para el deterioro y baja en cuentas por cobrar.
Este es un modelo de citación a descargos en la propiedad horizontal, el cual puede tener modificaciones de acuerdo a la necesidad de cada administración. Es importante que en caso de notificarse al morador se envíe copia de la comunicación al propietario.
En el Concepto 0225 del 12-04-2022 el CTCP describe las funciones del revisor fiscal en una copropiedad, las cuales deben ir ajustadas a los estatutos y las funciones establecidas en el Código de Comercio.
Según el Decreto 2150 de 2017, las copropiedades comerciales que explotan áreas comunes deben tener registros contables separados para identificar los activos, pasivos e ingresos que se relacionan con la explotación de dichas áreas.
Solo estas partidas serán las reportadas en la declaración de renta.
El CTCP explica que no existe ninguna inhabilidad para ejercer como contador público dentro de una copropiedad en la cual es propietario, salvo que se trate del ejercicio como revisor fiscal y que la copropiedad sea de uso comercial o mixto.
El CTCP explica que el presupuesto de la copropiedad sirve como base para determinar la cuantía de las cuotas ordinarias y extraordinarias que debe asumir cada copropietario, residente o arrendatario en función de sus respectivos coeficientes de copropiedad.