Ministerio del Trabajo. Por el cual se reglamenta el artículo 63 de la Ley 1429 de 2010.
Ministerio de Protección Social. Por la cual se ajusta la planilla integrada de autoliquidación de aportes PILA de acuerdo con lo establecido en el Decreto número 2616 de 2013.
DIAN. Sociedades de Comercialización Internacional.
DIAN. Servicio de Transporte de Carga.
DIAN. Exoneración de Aportes Parafiscales.
El año de transición, como lo hemos dicho en otras ocasiones, es el año de puesta en marcha donde se llevará un paralelo entre la metodología actual (Decreto 2649/93 y Estatuto Tributario) y los requerimientos de información bajo NIIF (IFRS).
Una nueva emisión de actualicese.tv Noticias. Notas y entrevistas de todo lo que publicamos a nivel contable, tributario, laboral, comercial, investigativo y de estándares internacionales, de la mano de testimonios de sus protagonistas. Esperamos que llene tus expectativas y estaremos atentos a tus comentarios.
El Consejo Emisor de Estándares Internacionales de Información Financiera (IASB) emitió en el 2009 un estándar específico para las Entidades que no Cotizan en Bolsa y que no son Bancos o Instituciones Financieras Similares.
Ministerio de Protección Social. Por el cual se reglamenta la Ley 1502 de 2011.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se reglamenta el artículo 28 de la Ley 191 de 1995, modificado por el artículo 70 de la Ley 1607 de 2012.
DIAN. Accionistas son personas naturales o jurídicas.
No es un secreto que Colombia ha sido contradictoria en la última década, por un lado da rienda suelta a la integración económica mundial mediante la firma de tratados de libre comercio, promoviendo la inversión extranjera y fortaleciendo en general sus relaciones internacionales; en cambio por otro lado pospone en repetidas ocasiones la implementación de Normas Internacionales de Información Financiera más conocidas como NIIF ó IFRS según sus siglas en inglés, situación que repercute de forma directa en nuestra profesión contable, sumado a adopción de Normas Internacionales de Auditoría.