Ministerio de Hacienda. Por el cual se reglamenta la exención del impuesto sobre las ventas para servicios turísticos.
Corte Constitucional. La inclusión como ganancia ocasional de los activos omitidos y de los pasivos existentes en las declaraciones de renta y complementarios de 2012 y 2013 o en las correcciones de declaraciones tributarias desconoce los principios de igualdad, equidad y justicia tributaria.
Ministerio de Hacienda. Por medio del cual se reglamenta el artículo 14 de la Ley 1527 de 2012.
Ministerio del Trabajo. Por medio del cual se regula la cotización a seguridad social para trabajadores dependientes que laboran por períodos inferiores a un mes, se desarrolla el mecanismo financiero y operativo de que trata el artículo 172 de la Ley 1450 de 2011 y se dictan disposiciones tendientes a lograr la formalización laboral de los trabajadores informales.
DIAN. Operaciones de Cambio; Régimen Sancionatorio Cambiario – Multa.
Se debe tener presente que en el arrendamiento de bienes muebles, los cuales se pueden mover de un lado para otro, la retención no cambia por tiene una tarifa específica que es del 4%.
Cuando un contratista se encuentra bajo una verdadera relación de prestación de servicios, la figura de la prórroga automática no se da por si sola, pues esta es una garantía solo para los trabajadores quienes se encuentran regidos por una relación laboral.
En su Sentencia C-678 de septiembre 25 de 2013 la Corte declaró inexequible el art. 16 de la Ley 1558 de julio de 2012, con el cual se había modificado el art. 3 de la Ley 1101 de 2006 aumentando el número de personas y entidades que empezaban a quedar obligadas a pagar la contribución parafiscal del sector turismo, establecida en los arts. 40 y 41 de la Ley 300 de 1996. Por lo tanto, a partir de sep. de 2013 los guías turísticos y empresas de tiempo compartido estarían entre los que no seguirían pagando esta contribución.
Así lo indicó el Consejo Técnico de la Contaduría en su Concepto 327 de nov. 6 de 2013, donde también dio su opinión sobre la contabilización de unas mejoras en bienes comunes.
Son casi las mismas que aparecen dentro del decreto 2649 de 1993, bajo la denominación de “Normas Básicas” (Capítulo III, artículos 6 a 18), agregándole” comprensibilidad”, “relevancia” “fiabilidad”, “integridad” y “ equilibrio entre costo y beneficio” Recordemos que el decreto 2649/93 se refiere a las siguientes 12 normas básicas.
La pasada Reforma Tributaria creó el impuesto nacional al consumo, con el ánimo que disminuir las tarifas que tenía el impuesto a las ventas IVA y parte de éste último se convirtió en impuesto nacional al consumo en algunos bienes y servicios, pero en otros servicios redujo tarifa de IVA a la mitad y la trasladó al nuevo impuesto.
DIAN. Retención en la fuente por rentas de trabajo.